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Despido

4 Comentarios
 
Despido
08/10/2003 11:26
Hola. Quisiera que me ayudarais. Llevo dos meses de baja y me he enterado por los compañeros de trababjo que hay rumores de que la empresa me quiere despedir. Normalmente en estos casos lo que hace es enviar un burofax a casa. ¿Qué pasos he de seguir una vez que me llegue esta notificación? ¿Tengo que ir al INEM o a algun otro sitio? ¿Debo presentarme en la empresa al dia siguiente para que me den el finiquito? Tengo muchas dudas. Por favor explicadme cómo funciona esto. Gracias.
08/10/2003 12:27
Hola Marcos:
En primer lugar, el despido es causal en España. Es decir, que para despedirte tiene que tener la empresa una causa (Económica, organizativa, técnica, disciplinaria, etc.)

En segundo lugar, como he respondido en otra pregunta, con la carta de la empresa ya es motivo para estar en situación legal de desempleo y cobrar prestaciones si reúnes los requisitos.

Por lo demás, tendrás que pasarte por la empresa para recoger el finiquito y los certificados necesarios patra el INEM. Todo ello, sin perjuicio de las acciones que puedes realizar contra el despido ante el CEMAC (conciliación) o ante el Juzgado de lo Social (demanda) en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación del despido.

Una vez recibida la carta con la causa de despido debes dirigirte a un abogado laboralista, Graduado Social o a un sindicato representativo de tu sector para ver las posibilidades en la demanda contra el despido y la indemnización correspondiente.

Ojala que no sea necesario. Suerte y saludos.
08/10/2003 13:25
Muchas gracias jesusfer. En mi empresa se ha planteado un expediente de regulación de empleo, así que creo que como causa van a dar esa, que sobra gente y a mí me ha tocado.
¿Pueden hacer esto? Cuando estaba de alta tenía sobrecarga de trabajo.
08/10/2003 13:56
Si que pueden hacerlo. Pero el ERE necesita autorización por la Delegación Provincial de Trabajo u organismos correspondiente de tu Comunidad Autónoma.

Consulta con tus representantes o sindicatos relacionados con tu empresa o sector para ver el informe que han elaborado en relación con el expediente.

Saludos.
09/10/2003 19:44
Ten en cuenta también que si se produce la extinción de la relación laboral estando todavía de baja médica tendrás que solicitar el pago directo de la I.T. por el INSS, antes de ir al Inem, y que de la prestación de desempleo te descontarán los días que percibas hasta el alta.