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despido

5 Comentarios
 
Despido
27/10/2014 11:18
hola mi pregunta es,si me despiden estando baja¿que tendria que solicitar el paro o seguiria dee bajja por inss y cobrar por ellos inss? gracias un saludo
27/10/2014 21:23
Si le despiden estando de IT seguirá percibiendo el salario de la SS hasta el alta, lo que ocurre es que lo que interesa saber es si su IT es por cont. común o profesional, (entiendo que es común), porque según sea la contingencias empezara a consumir paro aunque sea la SS quien le pague.
Si es contingencia profesional hasta que no reciba el alta seguirá cobrando su salario y no empezara a consumir paro hasta la fecha de alta, por el contrario si es una cont. común usted desde el mismo día del despido comenzará a consumir paro aunque cobre de la SS y luego cuando reciba el alta seguira cobrando la prestación ahora de desempleo pero con ese tiempo ya consumido.
27/10/2014 21:33
hola no entiendo que es contigente comun o profesional,yo estoy de baja por una operacion en rodilla por degeneracion de cartilagos y necrosis en femur un saludo
27/10/2014 21:49
Pero esa operación tiene que ver su lesión con enfermedad profesional o accidente de trabajo o por enfermedad común o accidente común (en caso o accidente de trafico por ej pero que no tenga vinculo laboral).
Cont. Comunes son accidentes no laborales o enfermedades comunes no vinculadas al ámbito laboral y Cont. profesionales enfermedades derivadas o agravadas por su trabajo o accidentes laborales.
27/10/2014 21:54
se reconoce que es producida por el desarrollo de mi trabajo,que tanto por ciento me deven de pagar gracias
28/10/2014 13:53
Vale se reconoce que es por el trabajo pero usted esta de baja por la Seg. social y por tan to vle lleva su médico de cabecera o por la mutua, ¿Quien le esta tratando? si se considera accdte de trabajo debería llevarle la mutua.
Caso de ser accdte de trabajo por tanto cont. profesional seria el 75 % del salario desde el primer día de la baja y según el convenio de aplicación muchos de estos convenios recogen que en caso de cont. profesional la empresa completara hasta el 100 %, pero es que ni nos dice el convenio de aplicación ni si ess o no accdte de trabajo