Respecto a lo de increpar, me sancionaron en el anterior juicio, no tiene que ver nada con las amenazas. No te sorprende que a los dos días de celebrarse el juicio y tener ellos la sentencia me pongan otra falta muy grave por amenazas que no han podido demostrar?
Hombre , todo es relativo y no vamos a celebrar aquí el juicio. A lo peor lo que para ti es increpar, para el increpado resulta una amenaza o lo que es peor unos gravisimos insultos. nada es verdad ni mentira, solo depende del cristal con que se mira... y no precisamente el eclipse.
Sinceramente me gustaría equivocarme, pero prefiero que pienses que lo tienes mal y te lleves una alegria si te sale bien.
Me imagino que la vulneracion de derecho que alegue tu abogado es el de indemnidad. Pero aún así lo veo muy mal.
Por poura lógica tu abogado o representante va a intentar demostrar (la carga de la aprueba recae inicialmente sobre tí) que el motivo del despido es el haber demandado a la empresa cuando fuiste sancionado. Pero no e smenos cierto que la empresa tiene una justificacion objetiva, razonable y que va aprobar suficientemente (el trabajdor al que amenzaste va a ir de testigo y va a exgerar las amenzas y miedos que le causaron esas amenzas) Quizás tu única esperanza es que el magistrado no vea una proporcionalidad adecuada entre tu conducta y la medida tomada con lo puesto en relacion con la gaantía de indemnidad, cabria la posibilidad de considerar que se trata de un despido en represalia por la denuncia anterior. pero no se yo... No suelen ir por ahí los tiros.
Ademas, creo que con unos testigos que van a decir que existieron esas amenazas y con lo que diga el trabajador amenazado, si pasase en el juzgado de lo social, no seria nada extraño que te la tumbasen en el superior, pues existen causas reales absolutamente extrañas a la pretendida vulneracion de derecho fundamental y que tal causa tiene una entidad sificiente para adoptar la decision de despido, unico medio de destruir la presuncion de vulneracion de derecho, y aquí se presentan hachos razonablemente ajenos a todo movil atentatorio de derecho fundamental,cual son las amenazas vertidas sobre tu compañero, no se le puede imponer por tanto a la empresa la prueba diabolica de un hecho negativo, la no discriminacion, sino la razonabilidad y proporcionalidad de la medida adptada y su caracter absolutamente ajeno a todo proposito atentatorio de deredcho fundamntal.
Va a depender por tanto que el Magistradoentienda o no que el hecho real del despido es o la reclamacion anterior del trabajador y no las amenazas vertidas sobre el compañero, deberá valorar la gravedad de las mismas, situacion en que se formularon y el efecto que en el amenazado hayan podido causar ademas de como las justifica la enmpresa y por medio de quien, que lo va a llevar a considerar si la accion de la empresa esta alejada de una represalia y se basa en una razon ajena, real y existente, cuya calificacion podria calificarse como improcendente por el principio de proporcionalidad, pero nunca nula si se considerase desproporcionada o no.
Yo honradamente,te lo sigo viendo muy dificil.
Ya nos contaras en que queda todo, pues seguro que esto acabe en el Superior.
Hola ninfa,soy Sergio, no entiendo tu respuesta, quizás no entiendas el contenido de lo que he redactado, te lo voy a simplificar, hay dos trabajadores con 60 días de empleo y sueldo, yo soy uno de ellos, como no estoy de acuerdo demando a la empresa y gano el juicio parcialmente, dos días después la empresa me abre otro expediente por amenazar a un compañero, testigo del anterior juicio, hago mis alegaciones y demuestro que está mintiendo, aún asi la empresa me despide. Ahora estoy luchando por un despido nulo por vulneración de los derechos fundamentales, en concreto, por REPRESALIA, como lo ves?