Mi duda es la siguiente: a mediados de octubre de 2002 se ha despedido a un trabajador, el juicio en el Juzgado de lo Social es a primeros de febrero, ¿tiene derecho a los salarios de tramitacion? ¿tiene relevancia que esté trabajando en la actualidad para otra empresa?. Gracias y un saludo
Completo la respuesta con la anterior pregunta. Además comentas que el trabajador ya está trabajando. Como no hay salarios de trámite no los pierde por trabajar durante el trámite. Pero ¿qué ocurre si la empresa opta por la readmisión?. Colocaría al trabajador en una situación dificil, tendría que elegir entre un trabajo u otro.