No conviene reflotar temas tan antiguos, siempre es mejor crear uno nuevo para darle más visibilidad.
Al margen de eso, lo primero que debería saber quién lea el mensaje es, tipo de convenio y antigüedad, si se han disfrutado ya vacaciones o no, y si ya han presentado el "despido" o simplemente es una sospecha.
Si ya se han disfrutado días de vacaciones, y la empresa calcula que a día 31 de agosto queda "en paz" lo podría hacer perfectamente. Si por el contrario el día 31 aún quedarían vacaciones, la empresa deberá pagar los días restantes y cotizar por ellos.
Y por tiempo de preaviso desde luego no hay ningún problema.
Hola a todos! Ayudadme por favor!
Me van a extinguir el contrato a día 31 de agosto. Ya tenía unas vacaciones firmadas desde el 23 de agosto hasta el 12 de septiembre. Me quieren pagar la parte de septiembre y el resto disfrutarla. Tengo derecho a solicitar el disfrute entero para irme antes ? No quiero seguir trabajando allí. Muchas gracias!
Bien mirado, te conviene hacer lo que te dice la empresa, y cogerte las vacaciones ahora, por 2 razones.
1º La fecha del despido será 17 dias más tarde, y ganas unos euros de finiquito y de indemnización (poquísimo, pero algo es algo).
Y 2º de todos modos, el INEM te obligará a hacer los dias de vacaciones pendientes antes de empezar a pagarte, así que más vale ir "limpio" de vacaciones para cobrar antes.
A ver, el tema es el mismo, si tu te vas de vacaciones antes de despedirte ellos te pagan el sueldo y cotizan ese periodo, si te despiden y no las has disfrutado, te vas a casa con el mismo dinero y también tienen que cotizar.
El resultado es el mismo, lo que pasa es que no es legal obligarte a coger vacaciones. Hablando, como has dicho, de que fueras despedido de forma improcedente, si te tuvieran que dar preaviso la cosa cambia.
SALUDOS.
En principio da lo mismo ya que:
Si te dan las vacaciones, las cobras y faltas 17 días (porque estás despedido).
Si no te las dan, te van a pagar los 17 y tampoco va a ir a trabajar.
Total, que da lo mismo, esos 17 días no vas a ir a trabajar y te los van a pagar de igual modo.
Me van a despedir de forma improcedente, pero me quieren mandar de vacaciones primero, es decir, me dicen que coja los días que me quedan de vacaciones (17 naturales) y que ya no vuelva.
¿es eso legal? ¿ puedo negarme a coger las vacaciones que me quedan sabiendo que me despiden? o ¿ puedo seguir en mi puesto trabajando ? ¿Que haríais vosotros? Muchas gracias.