Para empezar, a finiquito tendrá dcho siempre, lo que creo es que se refiere usted es a indemnización por despido, en cuyo caso ésta dependerá de la modalidad del despido y de la calificación del mismo, si se tratase de un despido disciplinario calificado como procedente no tendría dcho a indemnización alguna.
En cuanto al periodo de prueba y un posible despido durante éste tiempo, no se preocupe, las empresas siguen imponiendo un periodo de prueba una vez haber sido contratado con anterioridad a sabiendas de que está cláusula en el cto es totalmente abusiva y por tanto ilegal.
Para que se me entienda, el periodo de prueba se hace durante el primer cto y si existe una concatenación de ctos (como parece ser su caso), no cabe un nuevo periodo de prueba.
smo
Buenas,he estado 6 meses trabajando en una empresa,con dos contratos temporales de 3 meses. Ahora me han pasado con las mismas condiciones a contrato indefinido con periodo de prueba otra vez de un mes,si me despiden sin llegar a el mes, tengo derecho a finiquito?a que periodo correspondería? Gracias