Buenas tardes.
Tras el cambio en el gobierno municipal del municipio en el que resido, el nuevo alcalde tenía en su programa electoral despedir a todos los “ metidos a dedo” por el anterior, pues bien me surge una duda:
¿ Despedir a estas personas que ocupan puestos sin haber opositado, le costará dinero al ayuntamiento? Algunos llevan poco tiempo, pero otros hasta 8 años.
¿ En el caso de que proceda, que indemnización es la que le pertenece?
Supongo que lo primero que habrá que saber es la situación en que han sido contratados,no?
No será lo mismo despedir a un eventual, que a un contratado.
Un saludo, GRACIAS de antemano.
Meter alegremente a la gente a dedo en la Administración nos cuesta luego el dinero a los contribuyentes.
Los eventuales no entran en esta problemática y no son despedidos, simplemente cesan junto con el mandatario saliente que los nombró.
Naturalmente, aquellas personas que vayan a ser despedidas intentarán sacar el máximo provecho de su situación. Los contratados indefinidos por lo menos intentarán sacar el despido improcedente con su correspondiente indemnización de 33 o 45 días por año trabajado. Y si alguno de ellos logra demostrar que estaba haciendo las labores propias de alguna plaza fija que estuviera vacante, podría obtener incluso la nulidad del despido y prolongar su contrato como indefinido hasta que tenga lugar la cobertura reglamentaria de la plaza.
Habrá en el ayuntamiento quien se plantee la posibilidad de aplicar un ERE a dichos trabajadores para intentar reducir a 20 días la indemnización pero eso no creo que sea viable aunque lo aprobara la Comunidad Autónoma (un ayuntamiento no es una empresa privada que tenga que sobrevivir en el mercado) y no serviría más que para aumentar los gastos judiciales.
Lo lógico sería que el alcalde saliente y resto de autoridades responsables de dichas contrataciones ilegales pagaran de su bolsillo las indemnizaciones. Pero eso en España no sucederá jamás.
Buenas tardes me surge una duda en relación al tema en cuestión, si me contrató el ayto por obras y servicio pero mi contrato esta en fraude de ley por realizar tareas de las habituales propias de un puesto fijo, sin q estas tengan sustantividad propia ni autonomía dentro de la actividad normal y me finaliza el contrato sin que me renueven con el cambio de gobierno, ¿Puedo denunciar por despido nulo con la consiguiente readmisión en caso de ganar el juicio? es que tenia entendido q sólo podía alegar despido improcedente y que el ayto sería el que decidiera readmitirme o indemnizarme.Muchas gracias de ante mano y felicidades por la web.