Rogaria vuestra ayuda para una cuestion que planteo.
¿Se puede despedir por despido improcedente a un trabajador minusvalido en una empresa, con una antiguedad de menos de 3 años y que no va a ser sustituido por ingun otro trabajador?.
Despedir se puede despedir a todo el mundo, sea minusválido o no, si ademas nos dice que no van a contratar a nadie mas, seria amortización de puesto y por tanto el despido seria objetivo y procedente con lo que le corresponderían 20 días / año y no los correspondientes al despido improcedente.
Lo único es por el volumen de plantilla ya que la normativa obliga a tener un porcentaje de minusválidos, como no tenemos datos del volumen de plantilla ni del n* de estos trabajadores en plantilla no podemos decir si cumple o no la normativa pero eso es independiente de que se pueda despedir al trabajador.
Por otra parte, las empresas con mas e 50 trabajadores, (no nos dice de que plantilla esta compuesta esta empresa), tienen obligación de tener al menos un 2% de trabajadores con discapacidad, (ojo discapaces no tienen porque ser minusvalidos, la discapacidad es a partir del 33% de grado de discapacidad o minusvalia), y tampoco sabemos si cumple ese requisito ya sea por volumen de plantilla o porque ya tenga los suficientes para estar dentro de los límites de la norma.
Yo creo que si se cubre tu puesto de trabajo les podrías denunciar por Discriminacion. Si eres fijo han recibido una subvención por la que no te pueden despedir en dos años desde que la recibieron.
Un saludo no soy abogado pero esto lo sé siempre pueden pagarte por no incorporarte, devolver la subvención etc...
No la hay ambos son sinónimos pero tal expresión puede dar interpretación de que esa minusvalía le resta movilidad y sin embargo una persona discapacitada puede ser debida a una enfermedad que no le impide tener movilidad pero tiene ese grado = o superior al 33 % y por tanto puede optar a ocupar esas plazas, con lo que quiero decir que existe mucha gente con ese grado del 33% mientras que minusválidos físicos o psíquicos pueden dar a entender mayor dificultad para desempeñar un trabajo, pero ya le digo lo cierto es que no hay diferencia simplemente hago mención porque vemos personas que aparentemente no tienen ningún tipo de impedimento y sin embargo optan a esas plazas reservadas.
Pero todo esto para el caso que usted plantea no tiene nada que ver, lo que importa es el numero de plantilla y personas que se requieren para cumplir esa normativa, pero despedir si que se puede despedir.