Si no entiendo mal, te han despedido por causas objetivas, has recurrido y se ha declarado el despido improcedente.
Si es así, no hay que pagarte preaviso alguno, tienes derecho a 45 días por año (hay contratos que son 33 días por año) al cobro de los salarios de tramitación (son los que van desde el día en que te han despedido hasta el de la fcha cde la sentencia) y a que te paguen lo que tienes pendeiente de cobrar.: Los días trabajdos hata el día del despido; las vacaciones no discfrutadas y la parte de las pagagas devengada y no cobrada.
Si lo que ha sucedido es que la empresa ahora reconoce la improcedencia, reclama lo señalado anteriormente y si no procede a demandarla (ten cuidado ya que tienes un plazo de 20 días habiles desde que es efectivo el despido, y como se pase, pierdes el derecho a reclamar.)
Creo que deberías poner el tema en manos de un laboralista de tu confianza lo antes posible.
Si te han despedido por causas objetivas te han de conceder un preaviso de 30 días (otra cosa es que te digan que ya no hace falta que vayas al trabajo, pero te han de pagar los devengos correspondientes a ese periodo). Además tienes derecho a una licencia retribuida de 6 horas a la semana durante ese periodo para buscar un nuevo empleo.
La indemnización es de 20 días por año trabajado.
Asegurate de que el despido lo han planteado realmente por causas objetivas.
Si la indemnización es de 45 dias /año es que han ido por la via del disciplinario y han reconocido la improcedencia. Pero lo han de haber planteado así
Porque otro tema sería que reconozcan la improcedencia de un despido objetivo ....
Me han despedido por causas objetivas y no me han preavisado con 30 días de antelación. La empresa ha reconocido el despido como improcedente y me han ingresado la indemnización, pero yo quiero reclamar esos 30 días de preaviso. ¿Puedo hacerlo? y ¿Qué plazo tengo para reclamar?
Gracias.