el despido seria declarado improcedente por la empresa, el único inconveniente seria si este trabajador es delegado sindical, en este caso:
¿tendría que abrir un Expediente Contradictorio como a un miembro del comité de empresa como establece el convenio?
articulo del convenio: En las empresas o centros de trabajo de más de 150 trabajadores y menos de 250, los sindicatos que hayan obtenido el 30% de los votos en la elección al comité de empresa, su sección sindical estará representada por un delegado sindical con los derechos y garantías del artículo 10 de la Ley orgánica de Libertad Sindical. En las empresas y centros de más de 250 y menos de 750 trabajadores, la sección sindical que haya obtenido el 10 por ciento de los votos en la elección al comité de empresa estará representada por un delegado sindical con los derechos y garantías del
referido artículo 10. Se tendrán en cuenta como válidos a efectos de establecer el porcentaje
requerido para el nombramiento del Delegado/a Sindical los votos en blanco, no así los votos
nulos