He despedido a un trabajador que al parecer es delegado de personal, sin saberlo, y sin expediente contradictorio, por lo que el despido es directamente nulo, entiendo yo.
Lo que ocurre es que el empresario ni sabía ni sabe nada al respecto de esa condición del trabajador, de lo cual nos hemos enterado porque lo pone en la papeleta de conciliación.
¿Cómo afecta esta circunstancia al despido? ¿No debería haber sido notificado el empresario de que existía representación de los trabajadores?
La verdad es que me he quedado atónito al ver que en la papeleta dice que es delegado de personal, porque el empresario insiste en que no sabía nada de que hubiese organización sindical en la empresa.
¿Cómo se soluciona esto?
Saludos.
Hola como cuando y donde se celebraron elecciones a delegado de personal, al empresario se le debe comunicar la intencion de celebrar elecciones a delegado de personal y debe ser notificado de los resultados para poder preservar los derechos de estos
es delegado de personal o delegado sindical?
un saludo
Gracias. La verdad es que no lo sé, ni el empresario tampoco. Lo que pone la papeleta es que la conciliante es "Delegado de Personal o miembro del Comité de empresa".
La empresa es de menos de 50 trabajadores (no llegan a 30).
El empresario dice que no sabe nada de celebración de elecciones sindicales, e insiste en que no sabía ni sabe nada de esa posible condición del trabajador. Dice que a él no se le notificó nada.
De todos modos, estoy un poco confuso, no sé que postura tomar ante la concilición. ¿Qué me recomendais? Ya sé que si es cierto que es representante, no tengo nada que hacer, salvo readmitir y pagar salarios de tramitación, pero si realmente el empresario no sabía nada...
Saludos.
Hola en la conciliacion deberan acreditarte la condicion de representante de los trabajadores
De todas formas podrias informarte en el departamento de trabajo si en esta empresa se han realizado elecciones cundo y quienes son los representantes
No me creo para nada de que el empreario no tuviera conocimiento de que se hayan celebrado eleccionesen su empresa. ¿De donde salió elcenso.? ¿como se formó la mesa.? ?quien firmó el preaviso de elecciones.? ¿quien facilitó papeletas; urna; y tiempo para votaciones.?
A lo que se refier cortés, creo yo,es que el resultado de las elecciones se registra ante un organismo de la Comunidad, aquí es Relacións Laborais, en tu comunidad será la que sea. LLama a la odicina sociolaboral y que te digan que organismo es el que lleva el registro de las actas de las elecciones sindicales.
Hola por eso le pregunto como? donde? y cuando? se celebraron las elecciones,
Si el empresario dice que no sabe nada y no es cierto, encuentro absurdo que ponga esta excusa
puede ser tambien que en realidad este trabajador sea Delegado Sindical de la seccion sindical pero sin las prerrogativas del cargo y lo diga por si cuela
Creerme que lo único que sé es lo que pongo en los mensajes, que a su vez es lo que me dice el empresario.
La verdad es que tengo miedo de me intenten colar algo, pero el empresario insiste en que no hubo elecciones ni nunca tuvo conocimiento de nada.
Por otro lado al parecer el trabajador nunca ha realizado ninguna actividad propia de un representante de los trabajadores, ni ha dispuesto de las horas a las que tienen derecho, ni nada de nada.
A lo mejor resulta que me estoy comiendo demasiado la cabeza, pero lo cierto es que hay algo raro que no acabo de entender. Tampoco entiendo que la papeleta ponga que es "delegado de personal o miembro del comité de empresa", o será una cosa o será la otra, no?
La verdad es que no estoy muy puesto en temas sindicales, pero ¿puede haber empresas de 20 ó 30 trabajadores sin representantes, o por fuerza ha de haberlos?
En fin, gracias por vuestras opiniones.
Lo primero, tranqui. Recuerda aquel proverbio chino " Si no tiene solución ¿Por qué te procupas.? y si tiene solución ¿Por qué te preocupas.?"
Lee de nuevo la papela, con calma, y fíjate bien lo que pone. Que es miembro del comité de empresa o delegado sindical o QUE NO es miembro del comité de empresa o delegado sindical. Aveces, la tensión, los nervios, nos juegan malas pasadas.
Si se confirma que pone tal cosa, pueden suceder dos cosas:
a) Que sea un modelo estandar que hay en el ordenador, donde se cambian cuatro datos básicos y se haya colado tal afirmación.
b) Que sea una estratagema de la parte contraria. Extraña, pero estratagema al fin y al cabo, que ya consiguió ponerte nervioso.
c) Que sea cierto. en este caso, indaga si esa empresa ha celebrado elecciones (hay un organo donde se registran los resultados de los procesos electorales) y te dirán si se han celebrado elecciones, cuando y quienes han resultado elegidos.
Si no existen tales elecciones ni tampoco deegados, pues nada. A preparar el juicio y que Dios nos coja confesados.
Si existieron tales elecciones y efectivamente el trabajador es delegado sindical, de entrada, recuerda que ha de acreditarlo en el acto de juicio, no vale invocarlo. si no lo acredita, para conclusiones deberás reservar el último cañonazo. La simple invocación pero no acreditación de la manifestación de ser delegado sindicalno es suficiente.
Si lo acredita. Tranqui. Tú has sido engañado por tu cliente.¿Donde está tu fallo.? Si me voy a confesar y oculto el pecado mas gordo al confesor, ¿De quien es la culpa de que no alcance el Cielo.? ¿Del confesor que me ha dado mal la absolución o mía que he ocultado el pecado.?
Quiero decir, que si es cierto, solo cabe la posiblidad de que sea procedente procedente. Si se declara nulo por falta de expediente contradictorio o cualquier defecto formal por ser delegado sindical. ¿Quien tiene la culpa.? ¿el pecador o el confesor.? Si es imprpocedente. Ya sabes, el derecho de opción lo tendría el trabajador. ¿La culpa.? volvemos a lo mismo.
Por tanto, en mi opinión, indaga. Prepara el juicio y Que la suerte te acompañe y si no acompaña, no habrá sido por tu falta de profesionalidad.