nerutxky, tienes que estudiar más, je,je, o donde te van a machacar es en los examenes.
Como bien dice caletilla, el despido, independientemente de si es prodecente o improcedente, provoca estar en situacion legal de desempleo, por lo que, si se cuimplen los requisitos de tiempo cotizado, se tiene derecho a desempleo.
Si la cuestion es porque un trabajador falta al trabajo de forma injustificada precisamente para provocar el despido y cobrar el paro, puede haber tortas opciones, por ej, machacar a base de sanciones de empleo y sueldo (no se le despide y tampoco cobra). Si la ausencia es prolongada, se le puede requier (recomendable via burofax) a que se reincorpore o, en su caso, justifique la ausencia, y advertirle que, de no hacerlo en cierto plazo, se le dará de baja por abandono de puestro de trabajo (que tiene la consideracion de baja voluntaria, es decir, sin paro).
El despido, independientemente de la procedencia o no del mismo (incluso en caso de que no se impugne judicialmente el despido), es causa para pasar situación legal de desempleo.
Por lo tanto si cumple con los demás requisitos (cotización, inscripción como demandante, edad, compromiso de actividad, etc) tiene derecho a percibir la prestación de desempleo.
Tengo dudas acerca de si una persona que es despedida procedentemente porque tiene varias faltas injustificadas en su trabajo tiene derecho a paro o no, encuentro respuestas contradictorias al respecto.