pues lo dicho en mi pregunta,que tipo de despido no tiene derecho a paro ni a indemnizacion ni a nada si no es por parte voluntaria del trabajador?Graacias
Lluis40, ya sabía que con la ley en la mano esto es tal y como tú dices... pero no suele ser práctica común que el INEM ponga problemas en algunos despidos disciplinarios no impugnados por apreciar fraude??
Espero tu respuesta.
Un saludo.
La decisión del empresario de extinguir la relación laboral se entiende por sí misma y sin necesidad de impugnación como causa de situación legal de desempleo y el hecho de ejercitar la acción contra el despido no impide que se produzca el nacimiento del derecho a la prestación.
De hecho el único documento que van a solicitar al trabajador en el desempleo es la carta de despido.
Si existe fraude y el INEM lo detecta está claro que va a poner problemas para conceder el desempleo, pero no porque no le corresponda al despido sino porque en realidad el despido nunca existió.