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despido procedente/desempleo

1 Comentarios
 
Despido procedente/desempleo
24/04/2003 10:05
No sé cómo ha quedado después de las últimas reformas el tema de que si te despiden (procedentemente y no reclamas) tienes derecho a solicitar la prestación por desempleo sin tener que acudir al Servicio de Mediación, ya que sé que antes si que era necesario, ¿ahora lo es?. Gracias
24/04/2003 13:28
Los despidos producidos a partir del 26 de mayo de 2002 tendrán la consideración de situación legal de desempleo sin necesidad de su impugnación por el trabajador/a, aunque este o esta lo hubiera impugnado, y en cualquiera de los supuestos la prestación por desempleo se producirá al día siguiente de la fecha en que se cese en el trabajo por despido.

Saludos.