Mi pregunta es si una persona a la que han despedido por ausencias injustificadas a su trabajo tiene derecho a paro. Yo es que se que si la baja es voluntaria no tiene derecho a paro y esta persona quiere dejar de ir a su puesto de trabajo para que la despidan y cobrar el paro. A mi me parece un tanto extraño pues lo que encubre realmente es una baja voluntaria. ¿Como lo veis, tiene derecho a paro o no?
Si hay despido por faltas injustificadas y la empresa reconoce la improcedencia no hay ningún problema porque no hay voluntariedad en la baja. Otra cosa es la causa íntima que lleva a las partes a un acuerdo. Pero de ello no hay constancia para las administraciones implicadas. SS e INEM. En las cartas de despido suele utilizarse a menudo esa causa como de despido, como mera fórmula.
el tema es que la empresa no va a reconocer la improcedencia del despido porque la causa de despido es PROCEDENTE en puridad, no va la empresa nunca a reconocer que el despido es improcedente. ¿Siendo el despido PROCEDENTE existe derecho a prestaciones por desempleo?
Tiene derecho a la prestación por desempleo si cumple los requisitos mínimos para ello, bastando solamente entre otros documentos a presentar en la oficina la carta de despido.
Es que lo mas normal es que si alguien deja de ir a trabajar, la empresa le comunicque que procederá a cursar su baja voluntaria. El truco es tan viejo que muy pocas empresas a estas alturas de siglo caen en esa trampa para facilitar el desempleo. Si quiere que le despidan que se lo curre mejor.
No, Coque, no, lée bien, las respuestas no son lo contradictorias que a ti te parecen.
Si la empresa despide, sea el despido procedente o imporcedente, y reuniendo los requisiotos de tiempo cotizado, se tiene derecho a la prestacion por desempleo (es decir, incluso con el despido procedente, que tampoco hay que darlo por hecho en este caso, se cobra el paro).
Por otro lado, si se quiere evitar esta práctica de que el trabajador, con el fin de ser despedido y cobrar el paro, deje de acudir al trabajo de forma injustificada, una empresa mínimamente inteligente lo que haría es requerir (por escrito, y si puede ser por burofax mejor) al trabajador a reincorporarse a su puesto de trabajo o, al menso, justificar su ausencia, adviertiendole que de nop hacerlo, en le plazo de x dias (por ej. 3) procederá a darlo de baja voluntaria, por abandono del puestop de trabajo. Y así no tiene paro.
Pero resulta que la empresa lo ha despedido, y ya veremos si consigue que sea procedente (que estas cosas, incluso existiendo causa, hjay que hacerlas muy bien), y tal vez tenga incluso que indemnizarle por despido improcedente.