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Despido por uso indebido del correo electrónico e injurias en contra del empleador

14 Comentarios
 
19/07/2018 21:19
Marmax2077
Mensaje eliminado
19/04/2017 18:34
Marmax2077
No, a ver, si claro tengo que si no está expresamente prohibido por parte de la empresa el despido es, probablemente, improcedente. No voy a eso, voy a que, a nivel personal no me parece correcta esa postura de los tribunales en el tema de ese uso de los medios informáticos de la empresa.

De todos modos Jamgpreve, yo me refería a comunicar a la empresa que iba a usar los medios informáticos de la misma para enviar 200 correos, no que no supiera del conflico.
19/04/2017 17:08
Marmax2077
Eumeo, del comunicado no se si aviso de su intención pero en el primer post dice lo ss "A consecuencia que tuve hostilidad de parte del empleador y aún habiéndole informado no realizó los cambios de los actos hostiles".
Por tanto si tuvo comunicación, sin embargo la reacción a esto debió ser interponer denuncia ante la inspección y no actuar como actuó.
Bueno ya nos contará como quedo la cosa, desde aquí creo que ya no podemos decirle mas
19/04/2017 16:11
Marmax2077
Entiendo los alcances que dan ambos y su posición.

Pero en este caso no se trató de un uso personal viendo películas , Facebook o otros.
Se trató de un reclamo y la forma en cómo nos estaban hostilizando.

Ahora el cliente en su contestación de demanda indica que el no recibió comunicación alguna.

El service indica fue el cliente quien le comunicó .
Al parecer ambos en su defensa no quieren vincular el hecho de que lo leyeron para no dar conformidad de recepción. Pues así se diría que sabían del tema mencionado en el reclamo.
19/04/2017 13:49
Marmax2077
Yo el problema lo veo, Jamgpreve, en que en este caso, por lo que he deducido, NO avisó a la empresa, si no que usó el correo de la misma sin permiso.

Ahora el matiz viene en si la empresa había advertido sobre el uso del correo, limitándolo para fines privados, o no.

En estos temas del uso de ordenadores, internet y demás, y aunque sé que la jurisprudencia dice lo contrario, yo pienso que un trabajador que usa esos medios para fines personales (de comunicación, ocio, compra...) debería ser sancionado sin necesidad que la empresa tenga que prohibir el uso del ordenador en el trabajo para estar viendo, por ejemplo, películas.
19/04/2017 13:15
Marmax2077
No es el caso pero he encontrado esto que le puede servir.
Fíjese de que habla de la intención de conseguir un enlace sndical por tanto aún no le era.
Un caso ejemplar es el de la sentencia 314/09 del Juzgado de lo Social nº7 de Bilbao en el cual se declaraba nulo el despido procedente de Panda Software Spain sobre Isidoro, que trabajó para la compañía durante cerca de un año. El relato de los hechos fue el siguiente:

“El día 2/2/2009 el actor remitió correo electrónico a la empresa en el que comunicaba la formación de un “enlace sindical” y que en breve intentaría promover elecciones sindicales en la empresa que tiene 500 trabajadores y no cuenta con órganos de representación del personal- porque “existen algunas injusticias que los trabajadores de manera individual no podemos combatir y ante las que estamos indefensos”. El actor disfrutó vacaciones del día 2 a 9 de febrero y en esta última fecha recibió carta de despido por la “disminución continuada y voluntaria en el rendimiento normal en el trabajo”, cuya improcedencia reconocía la empresa mediante burofax fechado el día 11 de febrero y recibido el día 25 del mismo mes. El trabajador impugnó el despido pidiendo su declaración de nulidad por vulneración del derecho de libertad sindical, y su demanda fue estimada en la instancia.”

La sentencia estimó entonces que existía relación de causalidad, deducible por la proximidad temporal de los hechos, y a la luz de la ausencia de pruebas que justificaran que se hubiera dado una disminución del rendimiento. A pesar de que la empresa presentó diferentes recursos, fueron desestimados alegando los mismos motivos.
19/04/2017 10:47
Marmax2077
No entiendo a que se refiere o que entiende usted por desnaturalizar los ctos
"el Ministerio de trabajo verificó los contratos y los desnaturalizó a un total de 372 trabajadores incluyéndome".
En mi opinión el error que ha cometido es notificar al cliente, esto puede interpretarse como sabotaje, lo del correo informando a los trabajadores, si no hay notificación de la empresa de forma explicita no le veo el problema y encima obra en su favor el dcho de asociación así como la LOLS.
Ahora a ver como actuan los abogados de cada parte y haber como lo hacen los jueces, esto en mu chas ocasiones es una autentica lotería.
SMO
18/04/2017 09:11
Marmax2077
Yo en situaciones como esta, lo siento, entiendo que ha hecho un uso indebido y no autorizado de los medios de la empresa.

Entiendo que, antes de usarlos,incluso para el tema de la sindicación, ha de pedirse la autorización, o al menos poner en conocimiento de la empresa el uso de los medios informáticos.

Ahora bien, dicho esto, si no existía, como bien señala Jamgpreve, una prohibición expresa, por parte de la empresa, y fehacientemente comunicada de la prohibición de la que hablamos, el despido es probable sea considerado improcedente.
17/04/2017 21:20
Marmax2077
Me olvidaba el Ministerio de trabajo verificó los contratos y los desnaturalizó a un total de 372 trabajadores incluyéndome.

Eso ayudará ?
17/04/2017 21:17
jamgpreve
El correo fue enviado también al cliente con la intención que conozca la problemática y pueda ayudar a una mejor comunicación.

A mi favor tengo lo sgte:

1.-Denuncia hecha al Ministerio de trabajo 2 meses antes del cese, comentando los hechos.

2.- correo enviado al empleador emplazandolo cese la hostilidad.

3.- correo mencionándole formaría un sindicato ( 5 días antes del cese).

El mismo día que me cesan sin saber , por la mañana ingrese una carta notarial para que de manera formal vean que lo del sindicato va en serio.

5.- en el correo masivo que envió , mencionó que es mi opinión y mi manera de expresarse.
Además de ser una persona de paz , pero que viéndome amenazado defenderé mi derecho al trabajo.

Como ve Ud. El caso?
17/04/2017 19:23
Marmax2077
Ojo esto último que comenta va en su contra, quiero decir que si usted se pone en contacto con todos los trabajadores de las distintas tiendas comunicando el trato recibido por la empresa y a su vez notificando la intención de crear una sección sindical en el seno de la empresa y enviarlo a esos 200 correos no veo problema pero ya enviarlo a clientes ya lo veo mucho mas arriesgado.
17/04/2017 19:20
Marmax2077
Existen innumerables sentencias en contra del trabajador por utilizar los medios técnicos e informáticos así como el tiempo de trabajo para comunicarse con los compañeros, no obstante salvo que se despachase a gusto con sus superiores insultándoles se precisa que la empresa les haya denegado de forma escrita esa prohibición de utilizar los mismos durante el tiempo de trabajo para ese tipo de prácticas.
Por otra parte esta la parte en que comunica de forma escrita a la empresa la intención de creación de una sección sindical en la empresa, aunque aún no es usted delegada, ni forma parte de una candidatura para unas elecciones se puede usted favorecer del dcho de indemnidad con las garantías correspondientes a un delegado porque se esta constituyendo y puede acogerse con esas presiones que dice tener grabadas a la violación de la acción sindical con lo que a mi enteneder ese despido es NULO de ple o dcho.
17/04/2017 19:18
Eumeo
El correo es de cuenta hotmail, para uso de los que trabajamos en el módulo de tienda.

Varios teníamos acceso, y lo envíe a un promedio de 200 direcciones electrónicas del empleador y del cliente principal, ya que trabaje para un service.
17/04/2017 16:59
Marmax2077
¿usó el correo de la propia empresa? ¿con los datos que tenía la empresa de los demás trabajadores?
Despido por uso indebido del correo electrónico e injurias en contra del empleador
15/04/2017 17:34
A consecuencia que tuve hostilidad de parte del empleador y aún habiendole informado no realizó los cambios de los actos hostiles.
Envíe un correo masivo a un promedio de 200 correos electrónicos de la empresa para contar lo que nos pasaba en el trabajo y para informar a todos que se estaría por formar un sindicato.

Al día siguiente ellos me envían la carta de predespido y a los siete días la de despido.

Me imputan uso indebido del correo electrónico y faltamiento de palabra e injurias en contra del empleador.

De hecho sus motivos para cesarme es porque formaría un sindicato.

Mis medios probatorios a presentar en mi demanda son :

Correos donde mencionó la hostilidad la cual ellos sabían.
Wasap donde figura la forma de hostilidad del supervisor, amenazas de no renovación.
Imponer que se queden fuera de horario a seguir vendiendo.
Carta de formación de sindicato enviada por correo 5 días antes del predespido y otra notarial que le llegó 3 días posterior .


Como ven el caso , quien lo podría ganar y que debería hacer yo ?