Mi empresa me ha propuesto un traslado de centro de trabajo, lo que sucede que el actual centro está en Cordoba-Andalucia y donde me quieren enviar es a Barcelona.
La cuestión es, que cobro 1000€
Si acepto ¿Qué derechos tengo?
Si no acepto, tengo que firmar la finalización del contrato. ¿Tengo derecho a la indenmización?
Otra cuestión, es que estoy echando muchas horas de trabajo, una media de 13 horas diarias,cuando son 8 horas, e incluso trabajando sábados y festivos, nadie me lo ordena, pero estas horas extras es debido a la gran carga de trabajo que tengo, supera a la carga de cualquier trabajador de la empresa, en este caso. mi superior conoce perfectamente dicha carga de trabajo. ¿Qué puedo hacer?
Espero alguna solución. muchas gracias compañeros.
si en tu contrato no pone nada de que puedas prestar servicios en otros centros o delegaciones de la empresa en otras CCAA , puedes pedir la rescision unilateral del articulo 50 del estatuto de los trabajadores. tendras derecho a una indemnizacion de 20 dias por año de trabajo. es bastante sencilla la redaccion de la demanda,
evazquezl@euskalnet.net
respecto a las horas que estoy echando ¿hay alguna solución en el caso que decida finalisar unilateral el contrato? ¿puedo reclamar dichas horas? Esa carga de trabajo me a kitado salud, que es lo mas inportante, aparte ke me ha robado tiempo de disfrute con la familia, con la casa k la tengo echa un asco...el trabajo por ensima de todo....
Porque en el artículo 40 del ET está contemplado todo lo referente a la Movilidad geográfica (indemnización, tiempo de preaviso, etc...) y porque existen muchos convenios colectivos que establecen las condiciones que tiene que cumplir la empresa en el caso del traslado de un trabajador a un nuevo centro ubicado en otra ciudad (ayuda económica en alquiler de vivienda, por ej).
ya me boy aclarando, , y¿ k me podeis decir sobre el abuso de carga de trabajo y las horas extras ¿tengo forma de k me las paguen? ya sea en días de vacaciones o en metálico. tengo medio de prueba de la realización de dichas horas
Lo de las horas extras, lo veo difícil. Tú mismo dices que "nadie te lo ordena".
De todas formas, si puedes demostrar las horas extras que has hecho, pienso que deberías intentar cobrarlas o disfrutarlas en tiempo libre. No pierdes nada.
“tengo medio de prueba de la realización de dichas horas”
mas te vale, pues constante jurisprudencia (…) ha venido insistiendo en la necesidad de que, en materia de horas extraordinarias, QUIEN PRETENDE haberlas realizado debe fijar con toda precisión sus circunstancias y número y probar, a su vez , su realización “día a día y hora a hora” (STS 21 enero 1991, RJ 1991,67). Ahora bien, si el trabajador prueba que su jornada habitual excede la ordinaria, legal o pactada, se presume que dicho exceso constituye trabajo extraordinario, sin que sea necesaria la acreditación individualizada (STSJ Navarra 27 marzo 1998, RJ 1998,1081)
"Ahora bien, si el trabajador prueba que su jornada habitual excede la ordinaria, legal o pactada, se presume que dicho exceso constituye trabajo extraordinario, sin que sea necesaria la acreditación individualizada (STSJ Navarra 27 marzo 1998, RJ 1998,1081)"
Mi jornada ordinaria es de 8 horas, reflejadas en contrato y vengo haciendo muchas más, pero no soy el unico hay varias personas que saben del exceso de mi jornada laboral, e incluso algunos días estos se han quedado ayudándome, para quitarme carga de trabajo.
Los compañeros también son prueba, pork de alguna manera ellos también an superado la jornada ordinaria.
"Ahora bien, si el trabajador prueba que su jornada habitual excede la ordinaria, legal o pactada, se presume que dicho exceso constituye trabajo extraordinario, sin que sea necesaria la acreditación individualizada (STSJ Navarra 27 marzo 1998, RJ 1998,1081)"
pues ese párrafo maomenos viene a decir que si pruebas que tu jornada habitual excede de la ordinaria, como pudiera ser tu caso (pero es que dices que nadie te ordena que las trabajes), no haría falta probar, a su vez , su realización “día a día y hora a hora”. Osea, sin que sea necesaria la acreditación individualizada de día a día y hora a hora.
Mis funciones excede de la jornada laboral....por la carga de trabajo que tengo es imposible que se haga dentro del horario.
Día a dia no lo puedo demostrar, a no ser que la propia empresa disponga digitalmente cuándo entro y cuándo salgo.
por ejemplo, Tanvien tengo alarma de seguridad, la pongo y la quito,,,,semanalmente esta me remite un extracto de cuando la conecto y desconecto, esto es probatorio de mis horas ¿tu crees?
Pudiera ser, todo es probática. Pero para mí que el quid de la cuestión esta en que las horas extras por regla general son voluntarias (art. 35.4 ET), y a ti nadie te ordena que las hagas o que te quedes más tiempo del debido o contratado.
las horas, no me lo ordenan directamente, mis gestiones me obligan a realizarlas dentro de un plazo impuesto x la administracion, la carga de trabajo me obliga a realizar mas horas para poderlo hacer dentro de plazo y tiempo.
kuando me he qejado de la carga de trabajo a mi superior entonces es cuando se me ha dicho que hay que hacerlo, es prioritario y hacerlo hay ke acerlo.
mis kejas y la carga de trabajo cae en saco vacio dejandome en la posicion de ser el responsable de mis gestiones.
a nadie le gusta trabajar mas de lo que es la jornada ordinaria, a mi tampoco, me e visto obligado a hacerlo de lo contrario me siento un irresponsable, me entrego al 100% en mi trabajo. esto va con la personalidad de cada uno.
ay formas y formas que tienen los superiores ke sin ordenar te hcen entender que lo tienes que hacer.