Hola a todos,mi caso es el siguiente:hace 4 años que trabajo en una empresa, me hicieron fija despues de 6 meses por ett con un contrato de lunes a viernes y desde el primer dia he trabajado un sabado al mes, me han dicho que es incumplimiento de contrato por parte de la empresa, así que estoy en mi derecho de rescindir el contrato y me tienen que indemnizar con 22 dias por año trabajado, quisiera saber si tambien tengo derecho a paro y si es verdad lo que me han comentado....Muchas gracias a todos
Tienes algun argumento razonable o solo dices tonterias...a mi no me lo ha dicho ningun amigo, sino un miembro federado de CCOO y te aseguro que no toma drogas...
Hola hecmi.
Yo creo que no es incumplimiento de contrato, siempre y cuando esas horas o te las paguen como extra, o te las convaliden con otras tantas horas de fiesta entre semana. Me explico, si de lunes a viernes trabajas 40 horas, y además el sábado, deberían pagarte éstas en forma de extra.
Si trabajas, por ejemplo, 8 horas el sábado,y luego te dan libre el martes (p.e.), está todo ok.
Lo importante es que, al final de la semana, hayas trabajado 40 horas.
Muchas gracias por responder Cala, la verdad es que has descrito mi caso, to trabajo 37.5h semanales, de lunes a viernes 7h diarias y un sabado de cada 3 voy 7.5 horas, pero lo yo pienso es que en el contrato especifica jornada laboral de lunes a viernes y eso no es cierto....voy a llamar a un abogado laboralista a ver que me cuenta...ya os dire por si alguien se encuentra en el mismo caso que yo...Muchas gracias a todos
Un contrato es un acuerdo entre dos partes, cuando una de las cláusulas del contrato se incumple por parte de cualquiera de los firmantes hay lo que llamamos "INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO"(para eso se firman).Al trabajador lo pueden despedir si lo incumple y resulta que si es la empresa la que lo hace aun les tienes que estar agradecidos por haberte dado trabajo, aunque el sueldo no vaya acorde con el trabajo que realizas.. Venga vamos a ser todos Pro-empresa y así nos podrán pisar tantas veces quieran....Que sepas CrisF que en este mundo hay mucha clase de empresas (buenas/malas) y mucha gente que lo esta pasando mal en sus puestos de trabajo....Es por eso que se firman las leyes, los convenios y los contratos....Yo estaré agradecida con la empresa cuando vea que ellos lo están conmigo.....
1 si leyeras un poco de este foro, comprenderías que soy lo menos pro-empresa que ha parido madre. Ciertamente Tampoco soy pro-cobrar-paro-por-la-cara
2 De momento solo sabemos que en tu empresa realizas jornadas semanales de 37,5 h semanales
Por otro lado, la jornada en España son 40 h semanales.
Es decir, estas en tu empresa, mejor que el 90% de los currantes del pais, al menos en cuanto a jornada, porque no has dicho nada mas de que sea mala malisima
Where is the problem?
Bueno tambien sabemos que tienes un amigo en CCOO que se droga sin tu saberlo, porque no hay Juez en España (ni el despistao ese de Sevilla) que resuelva un contrato por una causa así ni similar, ni existe en España ninguna indemnización de 22 días por año, y para decir eso, hay que estar un poco fumao.
Es que me vais a quitar la vía. Un poquito de buen humó muhé
Hola hecmi, tu amigo sindicalista en principio no iba mal encaminado, pero la argumentacion no es la correcta
Segun cuentas firmaste un contrato de trabajo con horario de lunes a viernes y la empresa unilaterlmente te varia el horario y la jornada, no nos encontramos ante un incumplimiento de contrato sino ante una modificacion sustancial de las condiciones de trabajo
La empresa tiene derecho a midificar horarios o jornada por razones tecnicas, organizativas ...., ante esta modificacion el trabajador tendra derecho a impugnar tal decision o solicitar la rescision contractual indemnizada con 20 dias por año trabajado con un maximo de 9 meses de indemnizacion
La empresa se puede negar a esta rescision contractual y entonces sera el juez el que determine si hay derecho a dicha rescision contractual indemnizada, y si tienes intencion de ir a un laboralista supongo que encarara la demanda por ahi, no por incumplimiento contractual sino por modificacion sustancial de las condiciones de trabajo
mirate el convenio colectivo del sector al que trabajas o si lo tuviera el convenio colectivo de la empresa, que para eso han sido negociados con los sindicatos o delegados que te representan y veras como casi seguro estas obligada a trabajar ese sabado de cada tres y que no te hagan trabajar alguna hora más a la semana.
CrisF en primer lugar decirte que la empresa don de estoy no es Mala, es peor que mala...Por el simple hecho de pertenecer al comité de la misma estoy sufriendo acoso por unos indeseables y te aseguro que tienes que ser muy dura y fuerte para aguantar esa situación porque eso puede acabar contigo y con tu familia....y yo tampoco soy partidaria de cobrar el paro por la cara pero yo no me puedo permitir el lujo de irme de allí con una mano delante y otra detrás ya que tengo un niño al cual he de alimentar y si no me sale nada saber que el estado me va a ayudar después de ayudarlos yo durante tantos años...lo peor es que yo pedí a la empresa(por conciliación familiar) que se excluyera de venir los sábados porque no tengo a nadie con quien dejar a mi hijo y teniendo precedentes de otra compañera que lo solicito y se lo dieron a mi me dicen que no, entonces me dijeron que incluso llegado el caso de que no bajaran del burro podría llegar a rescindir en contrato......precisamente escribí en este foro para ver si eso era cierto. Decirte que aparte de este trabajo tengo otro para,como t comentado,mantener a mi hijo, pagar alquiler (que no es poco) etc., así que expuesto mi tema no creo que sea afortunada, ni en horario ni en nada, comparada con el 90% de los españoles..Igualmente gracias,gracias a todos por ayudarme...pensare a ver que puedo hacer
Bromas aparte que veo que no abunda el sense of humour. Dejaré de lado lo buena o mala que sea la empresa y ciñéndome al tema expuesto desde el principio.
Sé por donde iban los tiros Federico, pero en este caso creo que no estamos ante una modificacion sustancial de las condiciones de trabajo ni de lejos. Como mucho ante un error en el contrato, o una mala especificación de la jornada en el mismo, ya que es difícil poner en el espacio reservado a ello que se trabajará un sábado de cada tres.
Si la trabajadora, desde el inicio de la relación laboral, ha trabajado un sábado de cada tres, imagino que como el resto de los trabajadores de la empresa, es un hecho aceptado por las partes, ni incumplimiento ni modificación, sino mala especificación del contrato, sin mas, en mi opinión desde luego. Seguro, suponfgo que tambien pondrá que son 40 h semanales.
Debería poner de lunes a sábado que es lo lógico, aunque no se trabajen los sabados, pero de ahí a presumir incumplimiento o modificación sustancial media un abismo. Lleva 4 años con la misma jornada
Por eso creo que el de CCOO va de culo. NO por ser un amigo que trate de ayudar ni por lo de los 22 días, que sera un mero error u olvido, en vez de 20, sino porque me parece un grave error aconsejar a alguien que se meta en juicio por esta razón. Porque le va a costar la pasta, y porque tiene todas las papeletas para perderlo. Y si encima de estar mal en la empresa, pierdes un juicio así contra ellos, te puedes ir preparando a pasarlo aun peor, al menos psicológicamente.
Gracias por todas las respuestas...mi hijo tiene 15 meses de los cuales solo he ido a trabajar 8 sábados como mucho de los cuales 3 de ellos me fui 2 horas antes y las recuperé durante la semana siguiente..Ya se que mi tema esta difícil pero es que me encuentro entre la espada y la pared...y en la empresa no me hacen ni caso, todo lo que solicito son largas para que luego decirme que no..La persona de CCOO que me comento el tema muy de pasada me dijo que eran 20 días...tendría que hablar mas detenidamente con el para averiguar mas pero si me comentáis que no es aconsejable me esperaré...Muchas gracias a todos por todo
A ver empezado por la edad de tu hijo, me sorprende que tu amigo de CCOO no te haya dicho lo que te voy a decir (lo cual me da a entender que tu amigo de CCCO no sabe mucho de estas cosas).
Si tu hijo es menor de 8 años, tú puedes reducir tu jornada y escoger turno y horario, lo cual incluye el hecho de trabajar de lunes a viernes las 40 horas (o las 37.5) y no trabajar el sábado y la empresa no se puede negar.
También me sorprende que estés en el cómite y no sepas esto.