Buenos días,
Les rogaría que en lo más breve posible me explicaran que derechos y que clase de despido es la siguiente situación:
Se le condena por lo penal a un año de inhabilitación, por falsificación documental, la persona es trabajador de seguridad privada y la empresa que está trabajando le hace un finiquito y en el certificado de empresa en el que pone que el despido es suspensión/contrato excedencia. Tampoco le pagan indemnización después de 4 años.
Él no ha pedido ninguna excedencia, simplemente entrega la sentencia a la empresa porque no puede trabajar de seguridad.
Que despido es?
El motivo del juicio y condena no tiene nada que ver con la empresa que está trabajando.
Podrían decirme que tipo de despido es en estos casos?, o, que es lo que la empresa debe pagar al trabajador y ponerle en el certificado de empresa para poder cobrar el paro?, porque no puede trabajar como seguridad privada, ya no, el año de condena de inhabilitación, sino que tendrá que esperar dos años a que se borren los antecedentes.
No es ningún despido, es una suspensión del cto, deben liquidarle, salarios, parte proporcional de pagas extra, (si no las percibe prorrateadas) y vacaciones generadas y no disfrutadas.
En cuanto al paro al ser por medio de una excedencia no solicitada no se si podrá solicitar la prestación por desempleo, digamos que es una excedencia forzosa por inhabilitación con lo que considero que debería poder percibir la prestación pero esto no lo tengo nada claro