en el convenio general de fincas urbanas dice que se puede sancionar o despedir con faltas muy graves, pero no especifica con cuantas. En este caso me refiero al portero de la comunidad. En Octubre de 2.011 agredió verbal y fisicamente a un vecino, el cual le denunció porque tenia grabación de lo sucedido. El vecino ganó el juicio en Marzo del 2.012, pero la comunidad no ha tenido conocimiento de esto hasta hace 6 días. Además de ésto el portero se sube a su casa todos los días de 50´a 1 hora a media mañana abandonando su puesto de trabajo. Es esto falta tambien?. Reitero mi pregunta: cuantas faltas se necesitan para un despido procedente?. gracias de antemano
Solo con la agresion verbal y fisica y un juicio ganado ya es suficiente para al menos poner una falta disciplinaria y suspension de empleo y sueldo durante unos dias o un mes incluso. Pero para un despido, si solo es por eso, ya depende un poco como lo vea un juez, porque si es despedido y denuncia, habra un juicio y el juez tendra que decidir si es merecedor de despido o con una advertencia ya era mas que suficiente.
En estos casos, como minimo, hay que ponerle una falta disciplinaria y darle la carta y que la firme, si se niega, se coge testigos imparciales conforme no ha querido firmar, si quieres lo grabas en video y sobretodo se le envia por burofax la carta de sancion. El podra recurrirla, es decir, denunciar que no esta de acuerdo y habra un juicio para ver quien tiene razon.
Creo que son 6 meses para poner faltas graves disciplinarias a un empleado. Asi que aun estais a tiempo. Aunque no se si el tiempo es desde que se cometio la falta disciplinaria o desde que la empresa, en este caso la comunidad de vecinos, es consciente de la falta.
Igualmente lo mejor que podeis hacer es consultarlo con un profesional, un abogado laboralista y que os asesore mejor. Porque no vaya a ser que le despidais, lo mas seguro os denuncie y por hacer mal las cosas tengais que pagarle la indemnizacion o si lo volveis a poner en su puesto de trabajo con las mismas condiciones tendreis que pagarle los salarios mientras ha durado el proceso.
Muchas gracias por la respuesta. El vecino al que agredió pasó comunicación al Administrador y éste se limitó a decirle q le pidiera disculpas, cosa que no hizo, por casualidad, dicho vecino me dijo la semana pasada lo sucedido y yo lo he puesto en conocimiento del Presidente y por esto se sabe desde hace solo unos días.
Además, tambien hay otro vecino que sacó un teclado de ordenador junto con la basura y se negó a recogerla. Este vecino, retiró el teclado y el portero ha seguido negándose a recoger las bolsa de basura desde el día 6 de junio hasta ayer día 14 lo que te puedes imaginar la sesión de bolsas que ha habido en la escalera. ¿otra falta?
Yo creo que está buscando un despido improcedente para sacar tajada.
De nuevo gracias
Ten cuidado con el tema de sacar la basura u otros trabajos, ya que segun que oficios, no esta obligado a hacer segun que trabajos, y yo no estoy convencido que sacar la basura este dentro de su trabajo, siempre hablando legalmente, claro. Conozco de muchos porteros que ese no es su trabajo. Si lo pone en su contrato ya es otra cosa.
Sobre cuando tuvo constancia la comunidad de vecinos hay que demostrarlo, si es a traves de testigos o como sea, lo digo por el tema de plazos.
Pero ahora personalmente, creo que un despido es demasiado castigo y mas si no hay cartas de sancion previas. Facilmente un juez puede decir que primero se tendria que haber avisado con una carta de sancion y tambien hay que valorar el otro juicio, ya que puede que agrediera a un vecino, pero puede que en el juicio se demostrara que hubo provocacion o que fueron insultos entra las dos partes y llego a las manos.
Lo mejor es que os asesoreis con un profesional porque si decidis despedirlo sin mas y el denuncia, puede que tengais que pagarle la indemnizacion.
Y puede que con una simple sancion se arregle todo y este hombre se tranquilice y sobretodo por cada cosa que haga mal en su trabajo, se le pone una sancion, hay leves, graves y muy graves y por acumulacion de estas se le puede despedir sin tener que pagarle un duro.
Parece mentira que como esta la cosa ahora y teniendo un trabajo que esta bastante bien, la gente haga estas tonterias.
Sergio1980, solo he leido tus dos primeras líneas de tu primera intervención. Y he de decir lo siguiente entendiendo que es más que suficiente:
En cualquier Código de Conducta Laboral de cualquier convenio colectivo, independientemente de la actividad principal de la empresa que sea, una agresion verbal y física es motivo de despido diciplinario, más cuando un juez a dictado y ejecutado sentencia a favor de tus intereses. Insisto Sergio1980, procecer con la tramitación de la notificación de sanción en concepto de suspención de empleo y sueldo es irrisirio. Así que, por favor, ajustémonos a derecho.
estoy de acuerdo contigo Mlag0053 pero despues en la vida real, en un juicio real, hay muchisima jurisprudencia que dice lo contrario.
Yo opino que una persona asi tiene que ir a la calle pero despues en un juicio se tienen en cuenta las circunstancias de la pelea y muchos jueces dictan despido improcedente porque hubo provocacion, la tension del momento y otros factores.
Yo hablo de la vida real, de lo que pasa cada dia en los juzgados, solo hay que leer muchas sentencias para verlo, aunque despues todo el mundo opine que este tipo de gente tendria que ir a la calle sin indemnizacion. Yo incluido.
Han transcurrido dos meses, tuve un juicio, yo representaba a la empresa y se procedio a la tramitación de un despido disciplinario por insultos y agresión hacia un cliente.
El empleado demandó al cliente y el cliente procedió contra el trabajador, reciprocidad, se dictó y ejecutó sentencia a favor del cliente y con dicha sentencia en mano se procedió a la concertación de tal despido disciplinario. Aportamos en concepto de prueba fehaciente la sentencia mencionada y el juez declaro la procedencia del despido.
Conceptos básico:
1º ¿El procedimiento se ajusta a derecho? Sí
2º ¿El régimen jurídico de aplicación es el correcto? Sí, Artículo 54 y 55 (TRLET), además de los artículos pertinentes citados de Código de Conducta Laboral en cuestión.
3º ¿Las causas alegadas en la carta de despido disciplinario se pudieron probar fehacientemente? Sí.
Pese a todo ello, sergio1980, tienes razón en el siguiente aspecto, ¿Existen jurisprudencias? Sí, y como bién dices, "en un juicio se tienen en cuenta las circunstancias de la pelea y muchos jueces dictan despido improcedente porque hubo provocacion". Y los datos y conceptos de este caso los desconocemos.
Nos guste o no, la justicia en España es asi, o mejor dicho, lo que muchos jueces creen que es la justicia.
Por eso tenemos el sistema juridico que tenemos, y en organos mas altos es la corrupcion politica la que destaca sobre todo lo demas.
Pero no quiero hacer mas demagogia que no sirve para nada.
Un saludo.
Gracias a todos por la información. Os explicaré que (presuntamente) no hubo provocación (el vecino es de lo mas correcto que puede haber). El problema viene porque el portero no puede ver a nadie que no sea de España. En esta ocasión, el portero tiró la alfombrilla de la puerta y cuando bajó el vecino a pedirle explicaciones (con el movil en grabación), el portero le empezó a increpar.."la habia tirado xq le salia de los co***", "eres un enano de mierda", si pones otra alfombrilla te la voy a meter por el c***", eres un hijo de p***", propinandole a la vez un empujón contra la puerta. Todo esto está grabado y el telefono se lo llevó la policia judicial. Lo condenaron por falta de malos tratos de obra, falta de daños y falta continuada de vejaciones injustas. Ahora y como estoy moviendo lo que el administrador no quiso mover, viene a por mí, cuando me ve cruzar la calle, pulsa todos los botones del ascensor del 1º al 10º, con lo que podeis imaginar lo que cuesta que vuelva a bajar de nuevo. No pido servilismo en este hombre, solo que tenga corrección y cumpla con su trabajo. Es justo?
Un administrador de fincas no deja de ser un "empleado " de la comunidad,el no tiene potestad para decidir, si aconsejar, es la comunidad quien tiene que decidir en reunion y el administrador cumplir con lo que le digan.
Sí que es un empleado de la comunidad, pero si alguien le pasa una queja respecto al comportamiento de este individuo o como el dicho vecino, que comunicó al administrador el incidente, y el administrador no comunicó a la comunidad nada. Debo decir que al portero lo puso como tal el administrador, así que he hablado con el nuevo presidente y se va a convocar una reunión extraordinaria para ver qué se puede hacer.
Estoy con mlag0053 en todo el planteamiento. La agresión fisica o las ofensas verbales ya de por si sola es motivo de despido disciplinario. Existe una grabación y existe una sentencia condenatoria del juez contra esa persona, ¿qué se quiere más? ¿qué la próxima vez agreda a otra persona? Aquí hay dos que no cumplen con su trabajo: el portero y el administrador.
Vamos, que cualquiera de nosotros se tenga que cruzar todos los días con la persona que nos ha agredido...Esto es subrealista.
Dogos es normal que sea el administrador que busque al portero,por eso le pagais, pero sois vosotros lo que decidis y si en esa reunion decidis echar al portero por agresion aun vecino lo echais.
Un administrador tiene que acatar lo que le dice la comunidad en una reunion y se firme en acta .El administrador por mucho que un vecino le indicase lo que paso, el no puede actuar legalmente sin el consentimiento de la comunidad....ahora lo habeis echo bien , reunion y con lo que decidais que acate y actue el administrador.