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Despido por fallar exámen

1 Comentarios
 
Despido por fallar exámen
02/02/2022 00:14
Buenas tardes,

De antemano gracias por su colaboración.
La empresa que me contrato me despidió por no pasar un exámen al culminar mi entrenamiento que tuvo duración de una semana, he revisado el contrato y no he encontrado en sus cláusulas de despedido alguna que justifique una decisión tan contundente, ahora la empresa en cuestión es una trasnacional, les he escrito para un segundo exámen o asignación de un nuevo entrenamiento, después de una exhaustiva revisión de antecedentes penales y recibir mi contrato el cual indica el salario a devengar por un año firmado por recursos humanos, procedí a presentar mi renuncia para la empresa en la cual llevaba casi 3 años laborando, me fue pedido entre los requisitos presentar mi renuncia como parte del proceso ya que los turnos son rotativos y la opción de conservar los dos empleos no era una posibilidad para ellos. Hasta los momentos no he recibido respuesta de recursos humanos y me preguntó, siendo una empresa transnacional, cuál sería el debido proceso a seguir si no recibo respuesta de ellos, y en segundo plano en caso de que no reconsideren un nuevo entrenamiento cuál sería el adecuado proceso de indemnización por despido injustificado.
02/02/2022 14:30
Me temo que no podemos ayudarla, al menos yo, por su terminología, "3 años laborando para..." "Despido injustificado", me da que es usted de algún país latinoamericano el cual tendrá su legislación laboral propia y éste es un foro de dicho laboral español con lo que posiblemente la normativa no coincida
En España no tendría usted ningún tipo de reclamación porque en la normativa española existe un periodo de tiempo llamado "periodo de prueba" por el cual ambas partes, empresa y trabajador tienen un plazo para rescindir el cto sin perjuicio para ninguna de las partes y sin necesidad de dar ningún motivo por el que se rescinde el cto.
Para casos como el suyo, "que le exigen dejar el oro empleo", se firma un pre-cto con una indemnización tasada por si no supera el periodo de prueba pero esto rara vez se hace porque la empresa no acepta firmar un pre-cto, en nuestra normativa es obligatorio antes de iniciar el trabajo firmar un cto, ya sea para comenzar a trabajar o para tener un periodo formativo pero este cto no impide que no se supere el periodo de prueba y por tanto aquí no tendría dcho a indemnización alguna.
Aquí ni el término laborar, ni el despido injustificado están en nuestro lenguaje por ellos se utiliza trabajar y despido improcedente.
smo