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Despido por causas económicas.

7 Comentarios
 
Despido por causas económicas.
18/04/2008 17:46
hola a todos!!
Os comento mi situación, trabajo, o más bien trabajaba, en una empresa desde hace año y medio. La empresa está bastante mal y desde hace meses andan con retrasos en los pagos de la nóminas y muchos problemas. Hace un tiempo el jefe de l empresa dice q nos necesita para continuar pero que entiede que no podamos estar sin cobrar, así que cuando queramos lo avisemos para el despido.
Al final es lo que ha pasado, ya he firmado la carta de despido (improcedente). Ahora para la liquidación dicen que van a alegar causas económicas y que po ello me corresponden sólo 20 días por año trabajado.
¿Es decir, que encima de estar aguantando los retrasos y seguir todavía sin cobrar, tengo que aceptar que me reduzcan la indemnización más de la mitad?

Que alguien me lo explique porque yo no lo entiendo.


19/04/2008 16:32
Hola:
Si el despido es por causas objetivas, salvo que su convenio contemple otra cosa. el art 53 del ET establece la indemnización de 20 días por año de trabajo.
Salvo mejor criterio.
Reciba un saludo
19/04/2008 16:51
Es decir que los trabajadores no "jodemos" hablando mal y pronto. Como la empresa tiene problemas pues los empleados también, y si la empresa va bien... todo para el jefe.
¿¿Eso es de lo que vale tener un contrato indefinido???
Me dicen que me hacen así y casi que les de las gracias, que soy yo la que me voy y me están haciendo un favor.
19/04/2008 17:05
¿Dices que has firmado una carta de despido donde la empresa reconoce que es un despido improcedente?

Entonces son 45 días por año trabajado.

Para acogerse a despido objetivo por causas económicas, aparte de tener que demostrarlo con los balances de los últimos tres años, tienen que preavisarte con un mínimo de 30 días y, en caso de que no exista ese preaviso, abonártelo.
perfil bvb
19/04/2008 19:08
Hola, como mi caso es parecido he creido oportuno intervenir en esta charla. Quizás así nos resuelvan las dudas a xica y a mi.
Trabajaba en una empresa con contrato indefinido desde agosto de 2006. en junio de 2007 empezamos a percibir que las cosas no iban bien (retraso, impago de comisiones..etc) hasta que en septiembre dejan de pagarnos. Como había una relación de amistad con la empresaria, una compañera y a yo llegamos al acuerdo del despido improcedente en octubre. Se nos abona la nómina de septiembre y le firmamos como recibido la nómina de octubre y el finiquito con la promesa de pagarnoslo en cuanto pudiera. Bien estamos en abril y no hemos recibido un duro. Sabemos que la empresa está en quiebra "real" pero no declarada legalmente. Es más sigue manteniendo secretaria a la que se niega a despedir (imposibilitandole cobrar el paro).
Mi pregunta es ¿que podemos hacer? ¿estamos a tiempo de una demanda laboral? ¿Como se demuestra que no nos ha pagado? ó ¿es ella la que tendría que demostrar que nos pagó?.
perfil bvb
22/04/2008 10:05
nadie puede contestarnos algo?? por favor
22/04/2008 10:38
No estas a tiempo de una demanda por improcedencia, si de una demanda para recibir el importe de la nomina no cobrado.
22/04/2008 13:35
La solución es ir a un abogado/a. ahora bien es dificil la cosa.

Dices que "le firmamos como recibido la nómina de octubre y el finiquito con la promesa de pagarnoslo en cuanto pudiera"

Ella demuestra que os ha pagado tan facilmente como aportar el recibo con vuestra firma como recibido.

Aunque hubiera amistad, ya habiendo intención de pagar no deberíais haber firmado eso, no era necesario, ahora os pagará si quiere, y si no, lo tiene firmado.

Para xica22.

Es cierto que el despido es por causas objetivas, salvo que su convenio contemple otra cosa. el art 53 del ET establece la indemnización de 20 días por año de trabajo, pero tambiene s cierto que hay jurisprudencia que dice que la incompetencia de unos malos gerentes no debe ser pagada por los trabajadores, es decir no toda empresa con dificultades economicas puede acogerse al despido objetivo, por lo que podeis demanda reclamando despido improcedente y los 45 días/año.

Pero tambien necesitais un abogado, sirven para estas cosas precisamente