Actualmente trabajo en una empresa (llevo mas de dos años) y últimamente llevo tiempo con problemas psicologicos por los que no me siento muy capacitado para seguir en ese puesto. Hace unos meses estuve con una baja por ansiedad y mi rendimiento a bajado mucho. Tras una reunión con RRHH me ha propuesto "apañarme el paro" para que pueda solucionar mis temas personales pero sin renunciar a una prestación. Lo que me han propuesto es lo siguiente: Faltar al trabajo durante una semana (mientras ellos me envian burofaxes) y de esta manera poder despedirme por abandono de trabajo. El caso es que según tengo entendido esta modalidad de despido no contempla el derecho a paro. Aunque ellos me han reiterado en varias ocasiones que si lo tendré. El caso es que hoy es el primer día que no voy a trabajar sin justificar. Entiendo que estoy a tiempo de no cometer un error y me gustaría asesoramiento, ya que me encuentro un poco perdido. Hay algún tipo de despido que se ajuste a lo que ellos me aseguran que harán?
Buenas tardes:
No veo nada claro lo que te han propuesto.
Lo primero que tanto tú como la empresa estáis realizando un fraude, y en este foro no se asesora para llevar a cabo dichas maniobras.
Todo los participantes del foro comprenderán que te encuentres mal, y para ello existen las bajas médicas, sin necesidad de crear un "despido" para cobrar una prestación. Claro que, lo más probable, es que estando de baja médica siempre le costarás más a la empresa que echándote de ahí que quieran negociar un despido contigo antes que tenerte de baja médica.
En cuanto a lo que te han propuesto, bajo mi opinión hay gato encerrado. Si tú faltas a trabajar la empresa podrá justificar que has incumplido con tus obligaciones (ya que tendrán los burofax que te habrán enviado) y por lo tanto el despido es PROCEDENTE y con dicho despido no hay derecho a indemnización ni prestación de desempleo.
Dices que tu rendimiento ha disminuído, pues que la causa del despido sea esa, que tendrán más difícil de demostrar, y como no podrán corrobar los hechos de bajo rendimiento tendrán que considerar el despido IMPROCEDENTE, por lo tanto indemnizarte y tendrías derecho a prestación.
Lo que creo que tratan de hacer es de "quitarte de en medio" sin que les cuestes ni un céntimo.
Todo ello salvo mejor opinión.
Con permiso Uxia, por un despido procedente sí hay derecho a prestación por desempleo y a indemnización (20 días por año).
Si le despiden por un despido disciplinario también hay derecho a prestación por desempleo. No así a indemnización.
Aparte de condenar el fraude, veo 3 opciones:
- Que el trabajador consulte a su médico por si éste ve oportuno darle una baja médica.
- Si el trabajador no quiere seguir trabajando, que pida la baja voluntaria (sin indemnización ni desempleo).
- Si la empresa no quiere al trabajador, que lo despida pagándole lo que corresponde.
No es tan fácil hacer estos chanchullos hoy día. En el SEPE miran todo con lupa y hay fuertes sanciones para el empresario y para el trabajador.
Estoy de acuerdo con lo que te han dicho los compañeros. Ten cuidado. Tampoco veo claro lo que te dice la empresa. Al final, el perjudicado, en el caso de que lo hagas así, vas a ser tu.
mosca cojonera: la opción que indicas de un despido procedente con derecho a indemnización (20 días) y desempleo, es decir un despido por causas objetivas, no lo veo aplicable al caso que joan c. garcia nos plantea, por lo tanto creo que es mejor no liar a los consultantes. El departamento de RRHH le ha planteado un despido DISCIPLINARIO, y tal y como se lo expone será un despido disciplinario y PROCEDENTE por lo cual ni indemnización y, siento discrepar contigo, pero TAMPOCO HABRÁ PRESTACIÓN POR DESEMPLEO, tal y como está el país comprueban todo y si se trata de un despido que se puede imputar a faltas del trabajador denegarán la prestación de desempleo, ya he visto más de un caso de este estilo y se han denegado las prestaciones.
El resto estamos todos de acuerdo. Así que yo volvería a mi puesto de trabajo sin faltar ni un día más y buscaría otra solución más factible.
Buenas noches, Uxia.
En Mi opinión, si el despido es disciplinario y procedente, el trabajador NO tendrá derecho a indemnización, pero SÍ que tendrá derecho a prestación por desempleo.
El problema puede surgir si se ven indicios de fraude de ley (lo que realmente es) en el despido o si la empresa aprovecha los días de ausencia del consultante para darle de baja en la SS por BAJA VOUNTARIA (ahí NO tendría derecho a prestación por desempleo).
Yo también volvería a mi puesto de trabajo sin faltar ni un día más.
Un saludo.
Buenos días Liberté:
Aparte de por mis conocimientos, he respondido sobre todo en base a la experiencia que tengo (mejor dicho a la experiencia de clientes) y os puedo asegurar que se han denegado prestaciones de desempleo al tratarse de un despido disciplinario procedente.
De todas maneras todos estamos de acuerdo que al consultante nadie le asegura que lo que le vaya a mandar su empresa es una carta de despido o una baja voluntaria...
El consejo es el mismo, que vaya a trabajar, y que busque otra solución.
Primero, reitero lo anteriormente dicho, en éste foro no asesoramos para cometer un fraude de Ley, si usted no quiere trabajar solicite la baja voluntaria en su empresa, la prestación por desempleo es para quienes que, aún queriendo, no pueden trabajar.
En segundo lugar, es muy conveniente aclarar ciertos términos para que la gente que lee éste foro no se confunda; sea el tipo de despido que sea, se presume que el cese en la prestación laboral es INVOLUNTARIO y por tanto, si concurren el resto de requisitos para optar a la prestación por desempleo efectivamente podrá solicitarse.
Y matizando un poco más, la procedencia o no de un despido disciplinario es competencia del juez, no de la empresa.
Reitero que un despido disciplinario SÍ da derecho a desempleo. Otra cosa es, según la experiencia de Uxia y lo que yo dije que miran todo con lupa en el SEPE, pueda terminar sin nada. Es mosqueante que a uno le despidan disciplinariamente y no demande, por lo que el fraude se huele y al final la empresa se gana una multa y el trabajador no tiene derecho a prestación. Lo que me parece muy bien. Pero si el juez decide que el despido disciplinario es procedente sí hay derecho a la prestación por desempleo.
Creo que Outpit lo ha dejado todo bastante claro.
Así que el consultante, que se deje de chanchullos. Si no quiere trabajar, que pida la baja voluntaria. Si quiere conservar su empleo que acuda sin falta y espere el movimiento de la empresa.
Y si la empresa no quiere al trabajador, que le despida abonando lo que proceda.