Hola compañeros, necesito vuestra ayuda.
Me han comunicado un despido objetivo, poniendo a mi disposicion la indemnizacion de 20 dias de salario, es decir, 3101 euros. Pero de esos 3101 euros solamente me abona 1860 euros, el resto 1240 euros ( 40% de la indemnizacion) el empresario se acoje a lo establecido en el articulo 33.8 del ET Mi pregunta es si esto es correcto, o por el contrario el 33.8 se aplicará cuando exista una sentencia que diga que el despido obedece a causas objetivas del art. 52 c) del ET, y si esto es asi, podria reclamar por nulidad de despido al no haber puesto a disposicion del trabajador la indemnización completa.?