Si una empresa ha presentado concurso de acreedores, ¿puede instar el trabajador la extinción del contrato de trabajo por impago de salarios (le deben mas de 3 meses), art.50 ET o debe esperar a que la empresa proceda a despedir a los trabajadores mediante el despido objetivo? La diferencia de indemnización según nos encontremos ante un caso u otro difiere.
En cualquiera de los supuestos, ¿debemos realizar algún trámite frente a Fogasa o debemos esperar a conciliación o a una sentencia llegado el caso?