Hoy me acabo de dar cuenta que mi abogado se ha equivocado al poner el domicilio de la empresa en la notificación para realizar la conciliación al organismo de arbitraje. Puso correctamente la calle pero equivocó el municipio. Casualmente existe una calle
Con el mismo nombre en ambos municipios. Debido a ello la empresa no se presentó al acto de conciliación por demanda de unas cantidades que me adeuda ya que no me aplicaba el convenio que está en mi contrato. Ya he notificado este hecho al juzgado de lo social para rectificar este domicilio y se haga una correcta notificación. Tengo motivos suficiente para pedir el despido nulo y acogerme a la tutela judicial efectiva??? O por el contrario la empresa alegará indefensión por el hecho de no recibir notificación alguna al equivocarse mi abogado al redactar la demanda.
No hay problema, presenta otra vez la papeleta con la direccion correcta y se la das al juez, lo importante es adjuntar la papeleta a la demanda, si la primera hubo fallo a la hora de poner la direccion correcta, perfectamente se puede promover otra conciliacion con los datos correctos aunque sea posterior a la demanda, la demanda tiene plazo de 20 dias, la conciliacion no, lo unico importante es adjuntarla a la demanda, claro esta antes de que se celebre el juicio.
Hay quien no pone la conciliacion, y al poner la demanda el juez, le requiere para que aporte el acta de conciliacion, esta se pone acto seguido y se aporta a la demanda en el plazo de 15 dias, lo realmente importante es que antes del juicio, se haya celebrado la conciliacion.
Lo de pedir el despido nulo, no tiene nada que ver con haberte equivocado en la papeleta, yo como tu le diria a mi abogado, que presente otra papeleta en el cemac, si te dice que han pasado los 20 dias habiles, dile que no importa, ese plazo es para la demanda, una vez que se haya notificado correctamente a la empresa, si se personan y se realiza el acto sin avenencia, como si no se presentan o sea sin efecto, adjuntais al juzgado el acta, y le decis al juez que en la primera os equivocaisteis, en estos casos siempre actua el principio "pro actione"
Tu abogado debe tener en cuenta que el reconocimiento de la improcedencia por parte de la empresa se puede efectuar desde el acto del despido hasta la conciliacion judicial en cualquier momento, ( art 56.2 ET) esto se ha casado por el tribunal supremo hace poco, te digo esto, por que el hecho de que la conciliacion se celebre antes o despues es intrascendente, lo realmente importante es celebrar la conciliacion administrativa antes del juicio, de otra manera te podria decir el juez, que existe falta de conciliacion previa, esto tambien depende de la fecha en la que su señoria haya dado traslado a las partes del auto convocando a las partes a juicio, si no han pasado 15 dias desde que lo hizo estais a tiempo.
no he entendido si has reclamado por unas cantidades, por que te vas a pedir el despido nulo, mi respuesta anterior era por que creia que te habian despedido, haber si puedes aportar mas datos si realmente estas interesado en recibir ayuda.
Muchas gracias por tu ayuda picachu. Te cuento rápido para no aburrirte. La empresa desde el año pasado me debe unas cantidades porque no me aplica el convenio que viene recogido en el contrato firmado hace seis años por ambas partes. He hablado con mi jefe para que me abonara los salarios según convenio, pero nunca me hizo caso. Incluso le comenté que había presentado la conciliación y le rogué que asistiera ya que allí lo arreglaríamos. Pero me decía que el no iba a ninguna parte y que no me iba a pagar un duro más. Estando todavía trabajando en la empresa presenté papeleta de conciliación en el organismo de arbitraje por el tema de las cantidades, pero como ya te comenté no acudió por el tema del domicilio.
A las dos semanas del acto de conciliación, le solicito las vacaciones anuales por escrito porque también me estaba dando largas para no dármelas. El mismo día que le solicito las vacaciones me despide. Finalmente mi intención es conseguir el despido nulo porque he reclamado unos derechos y posteriormente me despide por ejercer los mismos. En la actualidad estoy despedido. Presenté la conciliación en el organismo de arbitraje por despido y tampoco se presentó la empresa. Ya tengo fecha señalada para la vista por despido en diciembre en el juzgado de lo social. Muchas gracias de nuevo picachu, te agradezco que me des algún consejo, Como comprenderás en el juicio el empresario podrá alegar indefensión al no estar notificado. Gracias de nuevo. Echame una mano por favor. Saludos.
Si el error en la direccion esta en relacion con una reclamacion de cantidad, pues mejor que mejor, haz lo que te he dicho o desiste de la demanda y vuelves a empezar de nuevo, eso se puede hacer ya que las reclamacione de cantidad tienen una prescripcion de un año, sopena de renunciar a parte de la cantidad por el tema de la prescripcion, en relacion con el despido, que te ha puesto en la carta, algo te habra dicho, de todas maneras creo que si has reclamado recientemente y te a despedido acto seguido, tienes posibilidades de ganar la nulidad, al existir la causalidad temporal, entre el hecho y la medida discutida, el hecho es que tu has reclamado, y la medida discutida que te han despedido, de todas formas tu eres el que debes de aportar un indicio discriminatorio de manera que la prueba de la carga revierta en la empresa.
Hola picachu, te agradezo nuevamente tu atención. Tus consejos me están sirviendo de gran ayuda.
Te comento:
En la carta de despido el empresario expone que el motivo del mismo es debido a un deterioro de las relaciones laborales en los últimos meses y a una incompatibilidad de caracteres (sic) ¡¡después de tantos años en la empresa!!!. Además reconoce que el despido es improcedente. El mismo día del despido, al recibir mi jefe burofax mío solicitándole las vacaciones me despide, me da de baja en la seguridad social y consigna en el juzgado la cantidad de la indemnización, sin esperar a si yo estoy de acuerdo con la misma o no. Esa fue la gota que le llenó el vaso porque en ese escrito yo le solicitaba el período vacacional según el artículo del convenio colectivo que no me está aplicando.Yo creo que en esa carta el empresario está reconociendo que su argumento está vacío y que a partir de mi reclamación se ha mosqueado conmigo. La causalidad temporal es manifiesta. Le voy a decir a mi abogado que presente de nuevo papeletas de conciliación tanto del tema de los salario adeudados y de la del despido. Creo que estamos a tiempo ya que en quince días se celebraría dichos actos. Y como te comenté ayer el juicio de despido tiene fecha para principios de diciembre y el de las cantidades todavía no tiene fecha. Más que nada para demostrar mi buena voluntad de que yo quería llegar a un acuerdo porque a fin de cuentas el empresario es el que me ha obligado a presentar reclamaciones y demandas, por hacer caso omiso a mis peticiones de que me pagara lo que me debe y me respetara el convenio que viene en la nómina. Y por un fallo de mi abogado y la notificación realizada por el semac (ellos también se podían haber dado cuenta del error y practicar correctamente la notificación) me puedo quedar sin ejercer mi derecho a la tutela judicial efectiva y por lo tanto no conseguir la nulidad de mi despido.
Gracias de nuevo picacho, espero tus noticias.
Un abrazo.
Dile a tu abogado que vuelva a presentar la papeleta de despido con la direccion correcta, ahora bien la demanda que en su dia presento dentro del plazo correspondiente le ha de valer, ya que volver a ponerla supondria la caducidad de la accion, en relacion con la nulidad no tiene nada que ver que tu abogado se haya equivocado en la direccion de la papeleta para solicitar la nulidad, eso lo arreglas convocando a la empresa a un nuevo acto de conciliacion como ya te he explicado, una vez celebrado que lo aporta a los autos y le explique al juez el motivo de volver de volver a celebrar el juicio, lo importante es que la empresa llegue a juicio sabiendo lo que se le pide, ojo, la seguna papeleta debe ser como la primera, para que no haya variacion sustancial, una cosa si te dan sentencia con el despido nulo, recurra la empresa o no, tienes que solicitar la readmision, he tenido un caso parecido al tuyo recientemente.
El hecho de que la empresa haya reconocido la improcedencia, y de las imputaciones de caracter generico, no hacen sino reforzar las convicciones del juez de que los verdaderos motivos del despido son otros, de todas maneras a la empresa no se le deben admitir en el acto del juicio, otros motivos que los esgrimidos en la comunicacion del despido.
mil gracias amigo/a. no se como agradecerte la ayuda que me has prestado. y me has dado mucho animo porque estaba muy preocupado por este hecho de la notificación. esta tarde voy a hablar con mi abogado. esta noche te cuento lo que me ha dicho. mil gracias de nuevo. saludos picachu33.
Hola picachu33!!! Acabo de llegar de hablar con mi abogado y me dice que si yo me quedo mas tranquilo presentando la papeleta de conciliación de nuevo en el semac, que la presente, pero que no le de importancia. Que da lo mismo. Yo voy a seguir tus consejos porque lo que a mi me interesa es que el juez en su día vea buena voluntad por mi parte y que he enmendado mi error con el tema del domicilio y lo que he pretendido siempre es llegar a un acuerdo para que se me reconozca el convenio colectivo estipulado en el contrato y reciba los salarios estipulados en él, que son muy superiores a los que cobraba. La demanda de cantidades era pues, el año para atrás que te permite reclamar la legislación laboral, pero después de seis años, imagínate el dinero que he perdido. Con respecto a la nulidad espero tener suerte porque como ya te he dicho existe causalidad en el tiempo manifiesta, pues después de reclamarle verbalmente durante un año a mi jefe, mi abogado le envió un fax (porque no me quiso firmar un recibí) y la presentación de la papeleta de conciliación en el semac (cosa que yo también le dije en persona y le rogué que asistiera) siempre me ha hecho caso omiso a mis pretensiones. Y finalmente al solicitarle las vacaciones por escrito (burofax) el mismo día me despide. En resumen en cuanto veía un escrito donde yo me acogía al convenio colectivo para solicitar algún derecho se ponía hecho una fiera y terminó echándome. En fin Picachu, mil gracias de nuevo y en cuanto se resuelva esto pase lo que pase te lo comunico.
Gracias y fuerte un abrazo.
Mi dirección de mail por si te quieres poner en contacto conmigo es la siguiente:
Buenos días picachu, perdona que te moleste otra vez, pero me ha asaltado la gran duda de que la demanda de despido ya la tengo presentada en el juzgado y ya se me ha vencido el plazo de los 20 días que tengo para presentarla. O sea que ya los plazos han vencido pero está presentada dentro de los mismos. Al presentar otra papeleta de conciliación el juzgado puede declarar la caducidad del procedimiento, al entender que lo que yo pretendo es reiniciar el procedimiento???? Corro ese riesgo??? Sabes de un caso parecido al míó. Contestame lo mas pronto que puedas.