Por favor, me gustaria que me dierais vuestra opinión:
Una empresa que ha despedido a un trabajador reconociendo la improcedencia del despido. El trabajador ahora reclama por despido nulo. Alega que el despido obecede a la vulneración de su derecho a libertad sindical. Ya que participaba con el sindicato. Qué puede aportar la empresa al acto del juicio para probar qu la empresa no conocia que el trabajador estuviese afiliado al sindicato y de que colaboraba con éste?
Gracias a todos. vuestras respuestas me serán de gran ayuda, seguro.
Mira en el Convenio de turno que tengais si por estar afiliado a un sindicato, hay que hacer el despido de alguna forma determinada (comunicación al comité de empresa...) Es un tema forma seguramente.
Tanto el E.T. como el convenio dice que deberá darse audiencia al delegaado sindical, y además el convenio dice que se deberá comunicar la sanción de falta grave al comité. En este caso no se hizo ninguna de las 2 cosas.
Pero tengo entendido que el no llevar a cabo estes requsitos, solo implica la improcedencia. No tienen porqué declararlo nulo.
Si a la empresa no le consta su afiliación??
Si llevo a algún trabajdor de la empresa para que diga que allí nadie sabía que el trabajdor estaba afiliado ni colaboraba con el sindicato?? Que os parece??
El trabajdor tampoco tiene mucho apoyo de los compañeros, tiene más compañeros la empresa a su favor que él.
Por otra parte, en la carta de despido se le indica que es por bajo rendimiento en el trabajo. Ya que tuvimos quejas de 3 clientes por entregarles el vehículo sucio.
Reconocemos la improcedencia y depositamos la indemnización en el juzgado.
Pues yo no tengo tan claro que sea nulo.
Mirate esto.
Si no tenias constancia de que estaba afiliado, no le descontabais la cuota sindical de la nomina, ni el tiene escrito o prueba comunicando que esta afiliado, no veo tan claro el nulo.
Eso si, como solo conteis con testigos, que a lo mejor sale con alguien que afirma que el lo comunico verbalmente, pues suena nulo..
pero ya sabes que no hay nada seguro hasta el final..
https://www.agpd.es/upload/Canal_Documentacion/Informes Juridicos/Datos Especialmente Protegidos/DEP (2002-0000) (Utilización del dato de afiliación sindical en los procedimientos de despido).pdf
Hombre, y si son mal altos y meten mas ruido...
pues no se...jajaja
Es que no es una ciencia exacta.
Como el ET solo indica que al empresario "le constare" sin indicar de que modo o manera...pues a ver que alega el trabajador que si esta sindicado ira bien asesorado por los abogados del sindicato.
Ten en cuenta que si se ha metido en el jardin es porque ve posibilidades, asi que tendreis que hacerlo lo mejor que sepais en la empresa..