Bueno pues una vez que me releo veo que yo tb cometo errores, donde dije "o por ej, casos en que sea una persona embarazada o con reducción de jornada no será posible el despido nulo" quise decir que en estos casos solo cabe el despido nulo y no al revés como acabo de comprobar he redactado, y donde pues que el tope o limite de indemnización exento de IRPF era de 18.000 € quise decir 180.000 €.
Bien rectificar es de sabios.
El despido en este país es libre, en cuanto a que se produce indefensión, si en la carta de despido se pone la causa sea o no cierta ya no se produce indefensión y salvo que el despido afecte a (dchos y libertades fundanemtales arts. 14 al 29 CE, incluido el 30) o por ej, casos en que sea una persona embarazada o con reducción de jornada no será posible el despido nulo.
En cuanto a lo que le han dicho que sea mediante acuerdo ante el SMAC (Servicio de Mediación Arbitraje o Conciliación), por medio de papeleta de conciliación, para usted es mejor porque primero en conciliación se entiende como cosa juzgada y la indemnización estaría exenta de IRPF, (salvo que superase los 18000 € , no creo sea éste su caso)
Me comunicaron el despido el jueves 10 de diciembre, el mismo día que indiqué que me operaba del menisco.
Claro que me gustaría seguir allí, se tenía un buen sueldo y ya tenía 2 trienios de antigüedad.
No estoy embarazada ni nada, pero me gustaría saber si por lo que comenté antes se podría pedir la nulidad.
¿Cuando ha recibido la carta de despido de la empresa?
¿Esta usted de acuerdo en terminar su relación laboral con la empresa? Lo digo por que si usted no quiere seguir con ellos y percibe en el organismo de conciliación lo que le corresponde por despido improcedente realmente (supongo que lo habrá calculado) no hay nada mas que hablar.
Efectivamente es necesario acordar la indemnización en dicho organismo a efectos de no tributarla en IRPF
Cuestión distinta es que usted disconforme con el despido, de ahí la pregunta de la fecha a efectos de que impugne el despido por nulidad al estar embarazada y ser este el motivo real del despido.
Si tiene cualquier duda sobre lo que le he comentado puede consultarme sin compromiso ni coste alguno al despacho o por correo electrónico.
Me han despedido de la empresa al comunicar que me iba a dar de baja durante un tiempo por una operación de menisco y por la tarde me encuentro la carta de despido disciplinario indicando una situación irreal ya que indicaba en la carta muchas faltas de ausencia en 3 meses y que incluso fui avisado siendo todo falso.
Después me dan un escrito para enviarlo al juzgado donde en el UMAC me darán el finiquito reconociendo ellos allí la improcedencia y así no pagar impuestos (así me lo dijeron).
¿Podría ser nulo por ser falsa toda la carta de despido y no poder defenderme? He visto que hay algunas sentencias que declaran nulo el despido por indefensión, pero no sé si podra ser mi caso.