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Despido nulo ,readmision y me vuelven a despedir

3 Comentarios
 
Despido nulo ,readmision y me vuelven a despedir
10/03/2010 16:13
Hola vereis mi consulta es la siguiente ,despues de un despido nulo con sentencia firme porque no ha sido recurrida ,y sin hacerse efectiva la readmision aunque le envian el pertinente burofax explicandole que se tienen que organizar y que hasta nueva orden tiene permiso retribuido aunque antes de que esta se produzca llaman al empleado y le vuelven a plantar un despido objetivo por causas economicas ,organizativas y productivas , el despido anterior fue tambien objetivo pero por causas organizativas y productivas solo ,sin economicas ,la pregunta es se puede volver a despedir sin haber dado tiempo a la readmision ,la ley no comtempla algo parecido al principio de indemnidad para estos casos?,que lo pueden hacer esta claro ,conoceis algun caso en el que se haya planteado y que resultado tuvo,tiene alguna posibilidad el empleado frente al empleador de que se vuelva a desestimar el despido y el juez dicte la improcedencia ,influira en algo para la decision el anterior despido ,saludos
10/03/2010 17:03
Si le han dado permiso retribuido hasta que se organicen y le han pagado los salarios de tramitación
le costará mucho probar que no le han readmitido regularmente.
Por otra parte , según el art. 53.4 del ET, puede la empresa efectuar un nuevo acuerdo de extinción en el que se observen los requisitos que no se tuvieron en cuenta la primera vez. Pero la fecha de efectos deberá ser a partir de ahora.
Si se dictó nulidad por defectos de forma, cosa muy normal en los despidos objetivos, es lógico que la empresa intente rectificar su error que consistió en redactar una carta de despido objetivo con graves taras, redactada quizás, por un asesor alegre y confiado, y que por ello tiene derecho legal a rectificarla ahora( si la crisis es real) , cumplir todos los requisitps e intentar que, como mínimo le den la improcedencia y no la nulidad.
Claro que te podrán alegar indemnidad, pero tiene defensa.
10/03/2010 18:21
no se declaro la nulidad por defecto de forma ,y asi se recoge en la sentencia ,si no por causas que el juez estima en la sentencia ,no es el simple hecho de no ingresar la indemnizacion en el momento del acto y otros defectos de forma o una carta de despido mal redactada ,no pudieron demostrar en el juicio las causas que argumentaban y encima me tiraron estando dentro de un ere ya pactado en las condiciones ,en fin ,eso de que la fecha de efectos debera ser a partir de ahora que significa ? muchas gracias
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10/03/2010 21:49
Significa que se trataria de un nuevo despido. O sea volver a empezar.