Primero, eso de mutuo acuerdo no suena bien, un despido acordado debe ser al menos en el acto de conciliación y lo mejor es que sea declarado improcedente porque si no la indemnización por ej. por causas objetivas pasaría de 33 días de indemnización a 20 días por año trabajado.
En cuanto a lo que le corresponde de indemnización para su cálculo debemos saber varias cosas:
-Actividad de la empresa.
- Convenio colectivo aplicable. (Para mirar la tabla salarial)
- Categoría del trabajador.
- Años trabajados en la empresa, (fecha de antigüedad que se recoge en la nómina y fecha en la que se produce el despido).
Seguramente necesitemos más datos pero por lo menos, para empezar necesitamos estos datos.
smo
Hola mi empresa me ha dicho que no hay trabajo para mí en septiembre y me despide en junio¿Tengo a derecho a cobrar mi finiquito? Cuanto deben pagarme? Gracias