tienes derecho como mínimo a la indemnización de 8 días de salario por año de servicio que marca la ley, por finalización del contrato.
ahora bien, si dices que la obra o servicios no han acabado, te recomiendo que acudas a un profesional, ya que es muy probable que puedas reclamar la improcedencia del despido, y por tanto, tener opción a la indemnización de 45 días por año de servicio.
Hola, yo trabajo para una contrata del ayuntamiento de madrid, tengo un contrato de fin de obra y servicios, entonces, me van a despedir, y en la carta de despido pone que me echan por que finaliza la obra o los servicios que presto, pero eso no es asi, mi empresa sigue prestando esos servicios al ayuntamiento, y de echo hace poco entro otra persona a la empresa.
Mi pregunta es, si me tiene que dar indemnizacion..Muxas gracias y espero alguna respuesta. Un saludo..