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Despido inprocedente pactado, y posterior demanda por impago de indemnización.

12 Comentarios
 
Despido inprocedente pactado, y posterior demanda por impago de indemnización.
03/04/2004 13:44
Os resumo mi caso por si alguien quiere opinar.

Una empresa familiar a nombre de una persona física llega a un acuerdo con un trabajador, este lleva aproximadamente 20 años en la empresa y le falta un año para la jubilación. El trabajador le propone que se le realice un despido improcedente por tal de cobrar durante ese año el paro, a cambio apalabradamente renunciar a la indemnización que asciende a 70.000 € aprox. Se firman en una gestaría los documentos de haber recibido dicha indemnización, y al cabo de 1 mes la empresa recibe una demanda exponiendo que el trabajador declara no haber cobrado dichos 70.000 € que actuando de buena fe le prometió el empresario que le ingresaría en una cuenta.

¿Cual podría ser la mejor solución a este caso?

1.- Mantenerse en la postura de que el trabajador ha cobrado los 70.000 € como indica la documentación firmada y se trata de su palabra contra la de la empresa.

2.- Reconocer que se ha realizado un fraude y pagar las correspondientes sanciones por parte de las dos partes implicadas, y readmitir al trabajador, si es posible, por tal de no pagar la indemnización.

3.- Negociar con el trabajador mediante un arbitraje (opción menos satisfactoria en este caso debido a la traición que ha realizado el trabajador a la empresa actuando premeditadamente).

Muchas gracias.
04/04/2004 10:43

Hola a todos;

El gran error que se ha cometido es el de haber pactado con el trabajador el despido improcedente con la indemnización de 70.000 euros.
La gestoría debería haberte aconsejado mejor. Yo lo que hubiera hecho es pactar el despido "a secas"; es decir, hubiera redactado una carta de despido y se la hubiera entregado al trabajador. De esta forma el trabajador hubiera podido cobrar la prestación de desempleo, pues el despido procedente, sin impugnación, habilita para percibir el paro si se cumplen el resto de requisitos establecidos en la legislación.
De esta forma si posteriormente el trabajador te sale "rana" y, antes de los 20 días, impugna el despido, tú tienes la opción de readmisión en el acto de conciliación.

Aunque lo más correcto de todo, es que la empresa no hubiera hecho ningún tipo de pacto, por otro lado ilegal, con el trabajador. Si ya no tiene ganas de trabajar que se jubile anticipádamente, o, si no puede, que pida la baja voluntaria; (todas ellas opciones totalmente legales).

No obstante, existe un documento firmado que recoge el cobro por parte del trabajador de los 70.000 euros; y éste tendrá que demostrar, y no sé cómo, que en realidad no los ha cobrado.
Por tanto, modestamente, yo mantendría la primera opción.

Saludos y suerte.
04/04/2004 15:19
Veo dos posibilidades:

1- La empresa, una vez teniendo los papeles firmados, se ha "olvidado" de pagarle lo pactado a su exempleado. Este los ha denunciado, obviamente.

2- Una persona de 64 años, con el futuro "asegurado", se ha arriesgado a cometer el delito de denuncia falsa sabiendo que tiene firmado el recibí de ese dinero.

¿Cuál os parece más probable?

Cuánta cara dura.
04/04/2004 16:33
En primer lugar dar las gracias a punchonet por su respuesta y consejo que me parece totalmente coherente e inteligente, es decir todo lo que carece el individuo por llamarlo de alguna manera a Pepinote.

¿Realmente pueden quedar en este mundo personar con tan poca materia gris en su mollera para pensar que una demanda se puede resolver por un foro totalmente anónimo?

¿Pepinote, te as preguntado alguna vez si en un foro anónimo la gente pierde el tiempo barriendo para casa con sus consultas?

¿Un empresario realizaría un despido improcedente, que no fuera pactado entre ambas partes, (con las consecuencias que eso conlleva) a un empleado que le queda un año para jubilarse?

Espero que cuando te hagas esas preguntas la única respuesta que tengas no sea el eco que produce el vacío de tu cráneo.

Cuánta ignorancia.
04/04/2004 19:33
Hola Iridium. Evidentemente lo que no ha tenido el empresario ha sido un buen asesoramiento. Tampoco dices de qué manera se instrumentaliza el despido, es decir, mediante carta y conciliación ante el Servicio Administrativo, o sin utilizar éste y con la firma del documento del recibí de la cantidad.

De cualquier forma, lo procedente hubiese sido esperar a cumplir la fecha de jubilación del empresario y mediante una carta (dando cuenta de ello y la intención de no continuar con la actividad) y con el pago de una mensualidad, se hubiese extinguido el contrato, habilitando al trabajador su situación legal de desempleo.

En fin, ya nos dirás. Saludos.
04/05/2007 18:02
Es muy dificil demostrar que no ha cobrado ese dinero, siempre puede decir el empresario que le ha dado un cheque.
04/05/2007 18:15
Creo que dices la verdad Iridium, esto pasa mucho y efectivamente, además siendo una cantidad tan elevada la actuación debiera haber sido la que perfectamente indica Punchonet para despues readmtirlo si "os traicionaba".

la verdad la gente tiene mucha cara, o simplmente no saben lo que pactan y luego se desdicen. Yo personalmente abogaría por la segunda opción por diversos motivos:

1. Es la verdad, no me parece justo caer en la bajeza que cae el trabajador diciendo que se ha abonado esa cantidad cuando no se ha pagado.

2. Es poco creible que se haya pagado en efectivo.

3. Si fuera el otro abogado pediría como prueba vuestro movimientos contables y se vería que no consta esa salida de dinero. tan fácil de probar como eso.

4. Puedes presionar al trabajador con la readmisión. os costará un dinero pero luego tendrá que currar(que es lo que no quiere) y luego jubilarse(esperemos que no quiera seguir trabajando o el convenio le obliga a los 65). Por tanto merece la pena.

5º. Esta posición te da la posibilidad de negociar con la otra parte. igual podeis llegar aun acuerdo por el coste de la readmisión y todos semi-contentos.

6º vuelvo a insistir si esa es la verdad veremos que dice el trabajador en el juicio, a ver si miente bien, la readmisión puede efectuarla despues si se pierde el juicio....

04/05/2007 18:20
Pues yo creo que solo te queda la opción 1, porque no creo que sea posible la opción por la readmisión, ya que la empresa seguramente, en la carta reconoció la improcedencia del despido, la opción por la indemnización y por eso le pagaba los 70.000 euros.

Y esa opción es complicada, según el juez que te toque. Los hay que con la firma lo dará por cobrado, pero los hay que os van a hacer demostrar de donde habeis sacado esos 70.000 euros, como un extracto bancario de esa salida de dinero, en aquella fecha, que probablemente no existirá.

O la 3, negociar directamente con el trabajador (ya que no existe mas arbitraje que el acto de cocnciliación) haber si arreglais algo o abaratais algo.

Muy raro todo. Desde luego si la situación es cierta (que hubo engaño de ningún tipo al trabajador) hayq ue tener poca verguenza por parte de este. Pero tambien es cierto que la empresa lo podía haber hecho mejor, mediante un despido procedente.


Digo que raro, proque tambien me parece muy fácil que se te vaya un trabajador con esa antiguedad así como así sin una mínima compensación (solo el paro).
04/05/2007 19:13
Es un debate interesante ese que planteas CrisF. yo en un caso que lleve tb me planteee lo mismo. Era un Sr. que despedimos e indemnizamos(en ese caso de verdad), lo que pasa que luego no estaba de acuerdo con la indemnización y nos demandó. Encontré una sentencia (no recuerdo el TSJ) que decía expresamente que sí era posible optar en el juicio por la indemnización a pesar de haber reconocido la improcedencia.

buscala iridium porque es clave para sostener la posibilidad de readmisión.

la idea es opción 3 machando con la 1. A ver si encuentras la sentencia ya me dirás....
05/05/2007 01:02
El spot es del año 2004 (punchonet, pepinete y zitro).
05/05/2007 11:26
Discrepo con arandaguardia.

Entiendo que la empresa despidió y reconoció la improcedencia. bien, y el trabajador demanda en reclamación de cantidad.

No hay posibilidad de readmisión ya que no nos encontramos ante demanda por despido, si lo he entendido bien.

Respecto al fondo del asunto....pffff, pues mira, si hay un recibí por parte del trabajador se puede defender, pero es una chapuza lo que han hecho, máxime estando a 1 año para la jubilación
17/11/2007 01:43
es jodido el tema, segun algunos compañeros piensan que no estuvo bien asesorada la empresa, que deberia haberse montado un despido procedente con la simple carta de despido se tiene derecho al desempleo. Pienso que en la carta habrá que poner unos hechos muy graves, es decir darle de una apariencia real, e imputar al trabajador la realizacion de unos faltas disciplinarias muy graves, digo esto para que el INEM no sospeche de fraude, para obtener la prestacion de desempleo.

Pues ya hay sentencias en la que los trabajadores despedidos disciplinariamente estan demandando por despido improcedente y reclamando una indemnizacion complementaria por daños morales, por hechos falsos en la carta de despido, por atentar contra su persona, y los juzgados las han admitido.

La cosa nunca esta libre de peligro, una opinion.

saludo
17/11/2007 22:16
En mi modesta opinion, si la empresa no puede demostrar el movimiento de dinero, al menos la salida de su cuenta y el apunte contable, el dinero no salio de la empresa y el que el trabajador firmase que lo recibio es irrelevante.
Tiene fuerza el argumento de que despues de 20 años en la empresa confio en la promesa de que se lo ingresaban y luego no se hizo.

Lo veo mal.