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despido improcedente.

3 Comentarios
 
19/11/2010 20:30
si vision yo también lo veo así ya que no existe discrepancia en orden a la calificación del despido ya que además se ha ofrecido una cantidad cuyo impago no ha de canalizarse por el proceso de despido ( más que caducado). Si no por el ordinario de reclamación de cantidad. Bajo mejor criterio................
19/11/2010 19:41
Hay un año para reclamar ante el juzgado, si ha fallado el primer pagaré recomiendo presentar demanda. Lo que pones es correcto.
19/11/2010 19:09
por favor una respuesta,

gracias.
Despido improcedente.
19/11/2010 18:55
Buenas tardes;

Si se realiza un despido improcedente y en un acuerdo privado redactado y firmado se acuerda en pago en tres pagarés, si falla uno de los pagarés se puede realizar una reclamacióin de cantidades antes el smac y después el juzgado???

muchas gracias, necesito una respuesta.