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Despido Improcedente

16 Comentarios
 
Despido improcedente
19/09/2007 10:34
Estimados todos, me gustaría consultaros lo siguiente: en el caso de despido improcedente y consiguiente acuerdo de indemnización con la empresa, ¿cual sería el tiempo medio para poder firmar un contrato con otra empresa? (asumiendo por supuesto que se ha encontrado otro trabajo)

Muchas gracias
19/09/2007 10:57
Puedes firmarlo inmediatamente
21/09/2007 10:04
Muchas gracias, solo por aclarme, quieres decir al dia siguiente de la conciliación ante el Juez imagino (pero no antes). Me han comentado que la conciliación puede tardar en torno a una semana después del finiquito de la empresa.

Gracias de nuevo
21/09/2007 14:54
No tu puedes firmar un contrato al día siguiente de la Baja en la empresa que te despide pero entonces no cobraras salarios de tramitación si es que te tocan.
21/09/2007 19:20
Hola.

Y si has alcanzado un acuerdo., ¿Para que quieres la conciliacion administrativa o judicial.?

Extiendes un documento donde el despedido manifiesta que ha sido despedido en fecha tal por el motivo que sea y que ha alcanzado acuerdo con la empresa por despido improcedente por x euros de indemnizacion. Que junto con la indemnizacion se te ofrece x eruos de salarios de tramitacion si los hubiese y/o finiquito que merecen su conformidad. Que en ese acto recibes el cheque número tal del banco cual o en efectivo o como acuerdes el pago por el importe total de todo lo que te liquidan y que declara extinguida la relacion laboral con efectos del dia que sea (del despido o del acuerdo. ) Y a trabajar.

Saludos.
21/09/2007 22:39
Pues sin ser abogada imagino que hacer falta pasar por conciliacion porque aunque el empresario reconozca de antemano el despido improcedente, quien dictamina que lo es, es el juez.
Ademas de que podria ser el caso de que se tratase el despido de una trabajadora embarazada-despido pactado- y si no llegase a conciliacion no se declararia nulo, como de hecho seria, y la trabajadora se iria al paro con un indemnizacion que no le corresponderia y le denegaria la prestacion por intento de fraude y que se yo que mas..
Imagino que la falta de reconocimiento judicial del despido como improcedente podria acarrearle problemas al trabajador a la hora de justificar la procedencia de la indemnizacion con Hacienda.
Se me ocurre a mi vamos, pero buscare si existe normativa especifica sobre ello..
22/09/2007 12:57
Hola.

Sería mejor que primero estudiaras el tema y luego opinaras y no al revés .

Saludos.
22/09/2007 18:44
Parece que vienes del foro de familia por lo agradable que eres Ninfa..
Se ve que lo de ser abogada te sube mucho el ego..
Que lo disfrutes y a ver si estudias un poco de educacion y respeto hacia los demas, que te hace falta.
22/09/2007 20:29
Es verdad que si hay acuerdo no hace falta llegar hasta el acto de conciliación, pero también es verdad que suele irse. Allí se le expone al juez que hay acuerdo y todo queda como más "legal". Ahora bien, no haría falta y si ninguna de las dos partes acuden a la conciliación, se archivan las actuaciones. Y por supuesto, aunque haya acuerdo no se debe de poner en un documento "que se ha alcanzado un acuerdo". El empresario hace un documento donde reconoce la improcedencia del despido y el trabajador lo firma.
22/09/2007 23:12
Cierto, vicky31 que no es necesario pasar por el acto de conciliacion, sin embargo, dependiendo del caso es mas que conveniente hacerlo. Por ejemplo, para cobrar prestacion por desempleo es necesario no solo el certificado de empresa, si no que si el despido es improcedente, el INEM exige acreditar que el empresario ha optado por la no readmision del trabajador en el acto de conciliacion. En el caso de despido improcedente con una mujer embarazada, directamente le denegarian la prestacion por entender el despido pactado y por tanto fraude.
Asi que afirmar directamente que no hace falta pasar por conciliacion sin conocer todos los detalles, puede ir en perjuicio del trabajador.
Un saludo
24/09/2007 20:12
Mamarrachadas, dune. Eso son mamarrachadas. Tienes una kilometrica empanada mental yo nos e si de choco, de xouva o de que carallo es. Pero empanada si que es.

El INEM ni pide ni tiene capacidad para pedirte nada de lo que dices. Solo está legitimado para continuar con el pleito el trabajador despedido

Para cobrar el desempleo basta con la carta de despido y nada mas.

Vicky, no vas mal, pero la cagas en lo del acuerdo. En la conciliacion adminsitratica no hay juez, solo un funcionario,letrado conciliador, donde hay juez es en la concilaicion judicial y tanto en un a como en otra se generarian salarios de tramitacion y ppara este viaje no hacen falta esas alforjar, pues con hacer correctamente el doósito en el juzgado te ahorras salarios de tramitacion, y tiempo.

Según tu, si el trabajador acepta la indemnizacion que la empresa le propone ya que está correctamente calculada o siendo inferior a la que deberia ser no ve claro que pueda ganar y dice aquello de que vale mas pajaro en mano.... Tu que eres cojonuda, le retrasas el pago y que vaya a cobrar al juzgado o l metes en un pleito indeseado que a lo peor lo pierde.

Saludos
24/09/2007 21:39
Pues nada, Ninfa. Se lo dices tu a los señores del INEM o a quien he hecho su pagina web por si acaso es un capricho del jefecillo de turno, que lo quiten de aqui no vaya a ser que alguno que lo lea se lo crea.
Y copio literalmente del inem y te pongo el link..

Situacion legal de desempleo y forma de acreditarla.

"Despido, que se acredita con el certificado de empresa. Si el trabajador reclama contra el despido se acreditara con el acta de conciliación (administrativa o judicial) o con la sentencia judicial en la que se declara el despido procedente o improcedente. Si el despido es improcedente debe acreditarse también que el empresario (o el trabajador si es representante legal de los trabajadores) no opta por la readmisión."..

Mas adelante dice sobre el despido objetivo..

"Despido del trabajador por causas objetivas: se considerarán en situación legal de desempleo los trabajadores que hayan visto extinguido su contrato de trabajo por aplicación de esta causa de despido, sin exigencia de reclamación contra el despido."

¿exigencia? ¿pero no habiamos quedado que no se exigia nunca? ¿se lo sacan de la manga?
pues seguro que si, pero es lo que hay..

http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/info/prestacion/presta_situLegal.html

un saludo

24/09/2007 21:52
Buenas tardes,

Solo añdir que lo siento mucho dune, pero despues de varios años de experiencia estoy totalmente de acuerdo con ninfa. actualmente varios profesionales utilizamos los despidos llamados vulgarmente instantaneos, donde en la misma carta de despido reconocemos la improcedencia de éste y pagamos la indemnizacion de 45 dias por año. Es lo unico q basta para la tramitacion del paro. ni conciliaciones ni juicios ni nada, si el trabajdor esta de acuerdo.
espero que os haya servido de ayuda.
saludos
24/09/2007 22:22
Si lo se Peron, pero lamentablemente en las administraciones nos encontramos muchas veces con practicas de las que no avisan previamente y a la que se tiene que enfrentar el trabajador sin un abogado que le ayude.

Cuando al funcionario de turno se le pone en la nariz que debes presentar algun documento ¿que ley alega el trabajador para justificar que no tiene la necesidad de presentarlo? Ninguna porque no las conoce.

Simplemente se fastidia y se queda sin paro porque tras analizar su expediente se sospecha de un intento de cobro fraudulento de la prestacion o un despido pactado y punto pelota.

Y te puedo asegurar que en el INEM cuando ven algo minimamente sospechoso avisan a la inspeccion.

Lo que yo digo es que no debemos aconsejar no pasar por conciliacion sin ver antes todos los detalles del despido ya que, aun teniendo razon en que la conciliacion no es necesaria, el despido tiene que estar bien hecho para que no le acarree problemas al trabajador, supongo que los vuestros eran impecables, (o llegados a un punto a la empresa).

Vale que al conciliacion es solo una pantomima, pero le da ese punto de legalidad que el despido necesita.

Ademas, insisto que me he encontrado con mujeres embarazadas que han pactado el despido con la empresa pensando en quedarse en casa cuidando de su hijo y se les ha denegado la prestacion precisamente por la presuncion de pacto entre trabajadora y empresario, ya que el despido es ese caso como todos sabeis en nulo.

un saludo.-


24/09/2007 22:54
Creo que la diferencia de enfoque se debe no a si es necesario o no el acto de conciliacion - que ya sabemos que no - si no que yo jamas recomendaria a un trabajador el aceptar un pacto de la empresa y no reclamar contra el despido o no acudir al acto de conciliacion, sin que previamente un abogado lo analizara bien.

Desde el punto de vista de la empresa, el despido instantaneo es facil, rapido y te libras del problema sin grandes complicaciones, pero juegas con un conocimiento que el trabajador no tiene.

Y el mismo trabajador que penso que firmaba un chollo se puede arrepentir cuando ya sea tarde por haber sido mal asesorado o no asesorado en absoluto.

un saludo
24/09/2007 23:39
Bien, si que es cierto q el trabajador en todos los casos se tiene que asesorar con un experto. Pero, que mas puede pedir, si la empresa reconoce la improcedencia del despido y le paga la indemnizacion correcta?
25/09/2007 08:20
No es que pueda pedir, es que si no se asesora no sabe ni cual es la indemnizacion correcta, ni si el motivo de despido que se alegue no va a levantar sospechas en el INEM, ni de si su estado personal - embarazo - puede levantar igualmente sospechas.

Aqui damos por hecho que la gente conoce sus derechos y en realidad lo que hay es mucho radio macuto que dice que de baja no te pueden despedir, que un despido por obra pasa a fijo a los tres años y no se que burradas mas..

Asi que no demos por hecho que solo porque se ha llegado a un acuerdo con la empresa el trabajador esta bien informado.

A lo mejor rascando rascando le estan intentando meter un gol y, por la escasa informacion que da, no nos damos ni cuenta. Y le asesoramos mal.

Antes de decirle que no le hace falta acudir a conciliacion, asegurarnos de que efectivamente el acuerdo al que ha llegado no le va a dar problemas.