...el pasado día 27 de Diciembre de 2021 empezé a trabajar como Conserje en una Comunidad de Vecinos con Contrato Indefinido con 2 meses de prueba...
...el día 27 de Febrero de 2022 se me comunicó verbalmente por la Presidenta de la Comunidad que había pasado dicho periodo de prueba satisfactoriamente y que continuaba en mi puesto...
...ayer, día 1, no pude asistir a mi puesto porque amanecí enfermo con problemas de estómago, (vómitos, dolor, etc...), por lo cual me comuniqué con la Presidenta para avisar de mi ausencia...
...acudí a mí médico y envié justificante a la Presidenta...
...hoy día 2, a través de WhatsApp, se me comunica que se me ha despedido a fecha del 2 de Febrero de 2022 por no superar el período de prueba, el cual pasé a fecha del día 27...
...hablando con ella por WhatsApp, me dice que la Comunidad ha decidido la rescisión de mi contrato por "falta de confianza"...
...si en la carta de despido pone que por no superar el período de prueba...
Hola. WhatsApp no es un medio adecuado para notificar un despido. En tanto no te entregue una carta de despido, no hay extinción de la relación laboral y debes seguir trabajando. Si te quiere despedir, exige la carta de despido y asegúrate de que figure la fecha correcta: 2 de marzo. A partir de ahí, tocará discutir sobre la indemnización, pero de momento no dejes de acudir a tu puesto de trabajo en tanto no te despidan de forma válida.
La empresa va tarde para resolver el contrato por no superar el período de prueba, eso podía hacerlo el día 27 pero no hoy, es por tanto de un despido improcedente. Aunque te haya enviado la carta por WhatsApp, si la carta indica la fecha correcta, 2 de marzo, contiene todos los datos que identifican al empresario, consta de manera clara la decisión de extinguir la relación laboral y está firmada por él, yo que tú me consideraría despedido y extinguida la relación laboral (aunque el despido sea improcedente). El plazo para demandar por despido es 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos), primero tendrás que presentar papeleta de conciliación en el CMAC y posteriormente, en caso de que no lleguéis a un acuerdo, demanda en los Juzgados de lo Social.