Gracias a todos. Todos teneis razón, creo, en parte. Me explico: Yo no firmé la demanda, la firmó mi abogado, de Sindicato, por poder, de manera que yo no la vi. Mi nómina, es un tanto "especial", ya que cotizaba por el máximo, y mi Abogado tomó el " Total base de cotización maxima", sin darse cuenta de que esta base era la máxima por la que cotizaba mi exempresa por mi, y no era la suma de " Remuneración mensual prorrata de pagas extra ". Estas dos cantidades que me acabo de referir, sumadas, sí son las correctas para el cálculo de la indemnización. Tambien comentar, que mi exempresa, en la carta de despido, asumió, y calculó la indemnización que percibí, con el salario correcto, y que es por el cual reclamamos, mediante " escrito de rectificacion de errores aritméticos" , amparándonos en el art. 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que dice que e ¿ stos errores pueden rectificase en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte" ?
Tambien indicar, que el "error", no cambia en absoluto la Sentencia, ni la altera, en tanto en cuanto no varía el " Procedente " o " improcedente "