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Despido improcedente

11 Comentarios
 
Despido improcedente
03/02/2013 11:06
La sentencia en mi caso fue favorable a mi. Lo declararon "despido improcedente", pero mi abogado se equivocó, a la hora de poner en la demanda, la cantidad mensual incluidas pagas extras ( puso de menos ), y la indemnización que el Juez calcula, es menor que la que me corresponde. Aún no he cobrado nada. ¿ Qué procede hacer ? y ¿ Contra quién reclamar ?. Mi Abogado está intentando arreglar el tema, pero si no lo arregla, ¿ a quién reclamo, y como ?
Saludos para todos.
04/02/2013 00:23
¿ Tú abogado debió darte una copia de la demanda? Y debiste pedir tambien la copia de la demanda.
Esto es ya COSA JUZGADA.
Para que me entiendas cuando una hay una sentencia de por medio, no se puede volver a ejercitar dicha ACCION.
¡Y como lo va arreglar?
No hay marcha atrás.
Saludos
04/02/2013 01:41
Hola elpele;

Pienso que la responsabilidad es toda tuya y no debes de reclamar nada a nadie y menos al abogado, ya que tú firmariás también la demanda y la leeriás o te la leería el abogado.

Además antes de la demanda se presentó papeleta de conciliación en la que también se especificaría la el salario, tanpoco leístes ésta.

Y, hasta la fecha de celebración del jucio en el que se ha declarado improcedente, no han habido negociaciones por parte tuya,del abogado con la empresa para calcular la indemnización.

Ahora, tal y como dice Trola, no hay vuelta a tras, y menos mal porque sino las cosas irían aún más lentas en los juzgados.

Un saludo a todos.
04/02/2013 11:15
Yo no estoy deacuerdo contigo violetaslilas cuando dices que "la responsabilidad es toda tuya y no debes de reclamar nada a nadie y menos al abogado".

Si una persona acude a un abogado es porque se presupone que es un profesional (tiene unos estudios y está colegiado). A un profesional se le puede exigir que se haga cargo de los errores (no es que pierda el asunto sin más, es que ha cometido un error a la hora de calcular el salario). Yo creo que este es uno de los casos en los que el seguro debería responder.

Si esta persona ha acudido a este profesional (con establecimiento abierto al público, colegiado, probablemente publicitado) se espera que responda de sus errores. El hecho de que la persona firmara la demanda (que quizá no lo hizo al otorgar un poder al abogado) no implica que este asuma los errores/negligencias de su abogado; y más aún cuando hablamos de un orden jurisdiccional en donde no es obligatoria la presencia de profesial, entendiendo que si el trabajador lo contrata es porque no tiene los conocimientos para defenderse él mismo.

Salvo mejor opción.
04/02/2013 11:37
ya sabe que de leyes voy justito dsg, pero estamos leyendo que se equivoco en los salarios, estamos de acuerdo en que todos se pueden equivocar.
En mi caso el año pasado cuando me paso lo que a ellepe me debian tantos meses a tanto por mes = a X, el que firma tiene que ser un poquito coherente de lo que firma y saber lo que le pertenece antes de firmar, y cuando llega el momento de la rubrica que la cantidad easte de acuerdo con la estipulada.A lo mejor no sabes 100€ arriba o abajo en el momento de la firma exactamente la cantidad, pero si son 40 mil, pongamos el ejemplo a la hora de firmar no pude firmar 22 mil, le tiene que decir al abogado,.."tete que creo que a ti te has colao", es mi parecer , ya te digo que no hablo en terminos legales, sino, cuando uno firme algo que corrabore con las cantidades habladas con anterioridad.Saludos.

PD: te distes quen, que lo escribi bien??
04/02/2013 12:12
Vamos a poner otro ejemplo. ¿Y si tu contratas a un asesor para que te haga la declaración de la renta y la hace mal? ¿Y si Hacienda te multa porque esa declaración está mal hecha? También el interesado la ha firmado. ¿Significa que el contribuyente debe supervisar la declaración de la renta? Si es así, ¿para que existen los asesores si al contribuyente se le obliga a tener un conocimiento exhaustivo de la norma?.

Con esto, lo que quiero decir es que yo no descartaría tan facilmente la posibilidad de reclamar al abogado (a su seguro) su responsabilidad. No es que el trabajador no quede contento con el resultado, sino que el abogado se ha equivocado (igual puede considerarse negligencia).

Salvo mejor opción.

PD: bernabiel, da gusto ver mi nick sin dislexia, jejej.
04/02/2013 12:37
Estoy totalmente de acuerdo con lo que ha expuesto dsg29.

Se supone que el abogado es un PROFESIONAL. Por lo tanto, de la misma manera que cobra por su trabajo, deberá ASUMIR las consecuencias de sus posibles errores.

Yo, desde luego, no DUDARÍA en reclamar al abogado.

Por ejemplo, se me ocurre que, para empezar, el abogado podría renunciar a sus honararios ya que no ha realizado correctamente su trabajo.

El cliente no tiene por qué pagar las consecuencias de un error del letrado.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.




04/02/2013 14:18
Deciros que a mi me ha pasado algo semejante.....y no considero que sea culpa mia ya que yo no tengo porque saber como se calculan unos salarios de tramitacion......a mi el abogado me hizo lo mismo.....me dijo que las pagas extras iban incluidas y no era asi, por lo que el sueldo diario sale mas bajo de lo que deberia ser....multiplicado por 488 euros que estuve despedido...hacer el calculo......son mas de 4000euros los que pierdo.....a parte de que antes de todo le mande un mail diciendo que queria revisar los calculos antes de enviarlos y ni me contesto.....ahora solo me queda reclamar al departamento juridico, ya que son los abogados del sindicato al que pertenezco, y que por lo visto tienen un seguro que cubre precisamente estos errores.....la semana pasada volvi a mandarle un mail diciendole que los salarios se habian calculado mal y aun espero su respuesta........un saludo
04/02/2013 19:55
Gracias a todos. Todos teneis razón, creo, en parte. Me explico: Yo no firmé la demanda, la firmó mi abogado, de Sindicato, por poder, de manera que yo no la vi. Mi nómina, es un tanto "especial", ya que cotizaba por el máximo, y mi Abogado tomó el " Total base de cotización maxima", sin darse cuenta de que esta base era la máxima por la que cotizaba mi exempresa por mi, y no era la suma de " Remuneración mensual prorrata de pagas extra ". Estas dos cantidades que me acabo de referir, sumadas, sí son las correctas para el cálculo de la indemnización. Tambien comentar, que mi exempresa, en la carta de despido, asumió, y calculó la indemnización que percibí, con el salario correcto, y que es por el cual reclamamos, mediante " escrito de rectificacion de errores aritméticos" , amparándonos en el art. 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que dice que e ¿ stos errores pueden rectificase en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte" ?
Tambien indicar, que el "error", no cambia en absoluto la Sentencia, ni la altera, en tanto en cuanto no varía el " Procedente " o " improcedente
04/02/2013 20:08
.... Ah, no me indicáis, o no lo he entendido, supuestamente tuviera que reclamar al Abogado, ante quién ? El Sindicato, Colegio Abogados.... ???
Saludos, otra vez.
05/02/2013 08:21
Pues yo no quiero juzgar a un profesional sin conocerle y además, todos tenemos errores. Pero lo que me parece inaudito es que todavía existan profesionales que no sepan distinguir los conceptos salariales de los de Seguridad Social. Desde luego, por ese hecho, me deja bastante que desear. Prefiero que se equivoque al sumar que no en temas conceptuales.

En cuanto a quien reclamar, pues está claro que al abogado, que para eso tiene un seguro. En el caso que plantea, al pertenecer a un sindicato, habrá que ver si el seguro cubre a toda la asesoría jurídica del sindicato por pertencer al mismo o si bien son letrados colaboradores "externos".

Salvo mejor opción.
24/03/2013 11:44
Mi empresa me despidió, hace un año. El juicio por despido improcedente lo gané. Está aún pendiente del recurso que mi exempresa ha presentado. Ahí estamos todavia. Me acabo de enterar de que a mis compañeros que se quedaron trabajando, les han regularizado el sueldo que tenían congelado 5 años, ahora en 2013. A mí no, yo como he dicho estoy despedido desde 31-03-12. PRREGUNTA:
¿ Puedo ahora demandar reclamando estos atrasos yo, y ¿ cuando años ?. Tengase en cuenta que a mis compañeros les actualizan los 5 años atrás, no uno o dos años..., 5 años. ¿ Yo puedo reclamar algo ?
Muchos saludos a todos por vuestra inestimable colaboración.