entonces crees que me corresponden los diez meses mas lo generado por la cotización de los salarios de tramitación?
eso si, devolviendo en su caso cuando me paguen lo percibido indebidamente claro.
Yame al SEPE y me han dicho lo que puse en el anterior post, que no tengo que devolver nada, que esos diez meses ya cobrados como me corresponderian ahora otra vez se quedan asi,ni devuelvo ni me los pagan y que me quedo con los salarios enteros cuando me los paguen...
Muchas gracias Sancho
No es un nuevo paro sino el mismo, variando la fecha de inicio y aumentando la duración porque los salarios de tramitación son días de trabajo computables para prestación, y por eso precisamente no pueden coincidir en el tiempo con
cobro de prestaciones. Cuando alguien está en alta en prestación no se regulariza hasta que no se perciben los salarios, pero al haber agotado en tu caso para aprobar un "nuevo" paro hay que anular el anterior, y eso supone un cobro indebido que siempre va a estar a tu cargo, no se puede hacer ninguna compensación con los salarios de trámite porque la LGSS solo establece ese procedimiento en caso de readmisión y descontando del pago al trabajador lo percibido de desempleo.
Saludos
No.todavia no.pero ahora la ultima noticia es que el paro nuevo que he generado por estar cotizando no m lo pagan hasta que no pasen diez meses.que es el tiempo que cobre el paro desde el despido hasta que salio la sentencia.osea que ni me han pagado y encima no tengo paro hasta dentro de diez meses.me han dicho que esto es asi porque no me van. a hacet devolver el paro cuando me paguen los salarios.alguien sabe si esto es asi?
tengo una duda ya que me encotrado informaciones muy dispares.espero podais ayudarme.
Fui despedia el 31 de diciembre de 2011,tenia derecho a 10 meses de paro que termine en noviembre de 2012 y en esa misma fecha me han declarado por sentencia judicial firme el despido improcedente con derecho a los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de la notificacion de la sentencia.Hasta ahi todo bien. mi duda es la siguiente.Me han dicho en el servicio publico de empleo, que tengo 15 dias desde la notificacion de la sentencia para solicitar la prestacion de nuevo, ya que no he encontrado otro trabajo.alguien sabe el procedimiento? segun tengo entendido, o bien me pagan todos los salarios de tramitacion y yo devuelvo el paro percibido durante ese tiempo, o bien es la empresa la que regulariza con el ecyl y me pagan solo la diferencia entre el paro y los salarios de tramitacion. y otra cosa, volveria a generar esos diez meses de paro que cobre al devolverlo? es que ahora me han dicho que el ecyl compensara y que no me lo haran devolver para luego pagarmelo otra vez, que en todo caso solo tengo derecho a pedir de nuevo la prestacion si es que me corresponde por el tiempo que se supone he estado cotizando por el tiempo de los salarios de tramitacion....nose si me he explicado bien
muchas gracias