Hola Amigos, me llamo javier, y mi mujer trabaja en un hotel el cual, desarrollando tu trabajo, tubo un accidente laboral, volcándosele el carro de la limpieza, produciéndole una contractura muscular en la espalda.
Llevando 4 días de baja médica totalmente justificada y firmada por el médico de la mutua que pertenece al hotel, recibe una llamada que a partir del 21 de julio ya no sigue en la empresa, vamos, que la despiden.
Va al hotel a recoger la documentación de la carta de despido,etc, recomendado por CC.OO y acompañada por un enlace del comité del hotel, en el que le hacen entrega de la documentación y firma únicamente la carta de despido, que es necesaria según le dijo el de CC.OO, el resto del papeleo, no lo firma hasta que no le calcule lo que le corresponde,etc.
Una vez ya iniciado el trámite del cálculo de lo que le corresponde y en la carta de despido EL HOTEL RECONOCE QUE ES UN DESPIDO IMPROCEDENTE, CON ÉSTAS PALABRAS EXPRESAMENTE, a los pocos días, el director se entera de lo sucedido y sabiendo de quien se trataba y el poco ruido que ha dado como trabajadora mi mujer y eficiente que es, le hace comunicar al enlace sindical del comité que se incorpore una vez acabada la baja y recuperación.
a los pocos días, mientras está de baja médica, recibe una llamada comunicándole que QUEDA TODO SUSPENDIDO Y NO HA PASADO NADA, QUE SE INCORPORE AL HOTEL CUANDO ACABE LA BAJA.
¿No parece extraño ese caso? El caso de mi mujer es que le hicieron un contrato de 1 mes, y se lo prorrogaron 90 días más por exceso de trabajo, y le finaliza el 30 de septiembre.
Ocurren varias cosas, la gobernanta y sub-gobernantas le hacen comunicar al comité que ellas no han dicho ni sabía nada del tema (cosa extraña puesto que son las que directamente dicen si continúa o no una persona)
2.- que le queda sólamente 2 meses de contrato y con la carga de trabajo que hay no le interesa quitársela, puesto que a la finalización de baja, se incorporaría
3.- que es la que más me mosquea, ¿no puede ser que el despido improcedente estando de baja por accidente laboral, tiene una fuerte sanción económica o incluso de otro ámbito para la empresa y responsables?
¿si fuese así que le correspondería? puesto que tanto CC.OO como los de la oficina, valoran su despido, a razon de 45 días x año y nada más, añadiendole la p.p de sueldo,vacaciones,pagas extras,etc.
Busco el asesoramiento vuestro por ese movimiento de ECHARSE ATRAS LA EMPRESA una vez decidido a despido y reconocerlo documentalmente, diciendo que no ha pasado nada, que han roto los papeles, ¿no le habrán asesorado de que se les puede caer el plumero por despedir a alguien improcedentemente en un estado de baja médica por accidente laboral???
La empresa puede decidir despedir a alguien que esté de baja laboral sin problemas, pagando 45 días por año, que en el caso de tu mujer es poco y ya está.
Ni sanciones ni nada por el estilo.
Parece que el director ha impuesto su criterio y ya está, porque le parecerá que tu mujer es buena trabajadora.