hola, es la primera vez que accedo al foro,en concreto el tema que tratais me interesa muchisimo, yo he sido despedida de forma improcedente, con la indemnizacion, de una sociedad publica, participada por ayuntamientos, la cuestion es quetengo que decidir pleitear y habia pensado dos posibles argumentos, uno el del EBEP, si entraria dentro de éste, yo no hice oposicion, entré temporal a traves de una bolsa de empleo, relice unas pruebas y quedé en primer lugar, y el año pasado me hicieron indefinida; en segundo lugar, a mi me han despedido el presidente y secretario, pero no se ha ntificado al consejo de administracion previamente, en los estatutos de la sociedad no especifica quien tiene la fcultad de despedir, podria haber defecto de forma?
Agradeceria una opinion, no quiero gastar en abogados para nada. GRcias!