Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Despido improcedente estando de baja por rotura muscular (enfermedad comun ó incapacidad temporal)

4 Comentarios
 
09/10/2007 09:21
La entrega de los partes de baja tienes que hacerla en la mutua y para que tú tengas constancia de que lo has dejado te recomiendo que hagas una fotocopia del ejemplar que les vayas a entregar y pedir que te lo sellen cuando se lo entregues. (Ya sabes que a veces los papeles se "extravían"). No vale la simple presentación por fax.
Cuando un trabajador es despedido de la empresa en la que trabaja por estar de baja por IT, pasa a seguir cobrando de la mutua hasta el momento del alta (en caso de que la empresa no tuviera contratado con ninguna mutua, se cobra de la Seguridad Social).
08/10/2007 18:02
Hola, lo mejor es que la presentes en persona y concretes con la mutua la entrega de los proximos partes de baja

De todas formas pregunta a la empresa con quien tenia las contingencias comunes, si con la mutua o con la ss

Un saludo
08/10/2007 17:54
Hola, en principio muchas gracias por responder, no entré antes pues esperaba una respuesta en mi correo (veo que no lo seleccioné). Decir que me llegó el burofax con el despido improcedente y mi indemnizacion correspondiente esta en un juzgado depositada para que la retire. Me he informado y me han revisado mis contratos y nominas (estan bien y es lo que procede), lo que no me queda claro es a quien presento mis bajas tras la fecha de despido (tengo una en mi poder del viernes 5 del corriente (unos me dicen que en la Seguridad Social, en la que ya estuve y me exigen el certificado de empresa, contrato de trabajo, dni, parte de baja y confirmación posteriores a la finalizacion del contrato) y por otra parte lo que me dice usted (mandar el parte de baja a la mutua de la empresa, en este caso Asepeyo, para que sea ella la que me siga pagando hasta mi alta). Podias decirme si esta baja se presenta en mano o basta un fax para mandarla. Esperando su respuesta, le quedo muy agradecida, muchas gracias.
30/09/2007 18:33
Hola, lo que te estan aplicando es un despido disciplinario u objetivo reconocido improcedente, pero supongo que sera disciplinario reconocido improcedente

Supongo que en breve recibiras un burofax con el despido u reconocimiento de la improcedencia del mismo y que ha sido depositada en el juzgado la indemnizacion

Si la indemnizacion ha sido calculada bien y la cantidad del finiquito tambien, no hace falta que recurras el despido, seria una perdida de tiempo por los datos que aportas

Una vez sepas de tu despido la baja debes llebarla a la mutua, ya que es ella la que te pagara por pago delegado hasta que te den el alta

Si quieres una informacion mas precisa puedes acudir a la Delegacion Provincial de trabajo o a un sindicato o a un laboralista

Un saludo
Despido improcedente estando de baja por rotura muscular (enfermedad comun ó incapacidad temporal)
29/09/2007 01:53
Hola, llevo trabajando como administrativa/venta de móviles, en la empresa Planetel Comunicaciones desde el día 15 de Octubre de 2.005. El pasado 30 de Julio de este año me dieron de baja en la S.S. por un gran hematoma que me salió en una pierna y que según mi medico de cabecera era una flebitis (mi medico me manda al de cardiovascular con orden preferente, pero ya sabemos como anda la Seguridad Social, y con ese trato de preferente me dan cita para el día 10 de Septiembre). A primeros de ese mes, recibo una carta de Asepeyo (mutua de la empresa), que me cita el día 5 en sus delegaciones para seguir mi caso y en el cual me presento. Tras recogerme toda información les comento que tengo cita con el de cardiovascular pendiente y ellos me dicen que les informe tras la consulta. Una vez vista por el cardiovascular, me manda una ecografía de la pierna, a lo cual informo a Asepeyo y agilizan el trámite, observándome no una flebitis, sino una rotura muscular de 1,4 cms en mi gemelo. En fin, mas de un mes con muchos dolores y sin saber que tengo en realidad. Pero mi consulta es otra: Ayer me llamo mi jefa para que me presentara en la oficina donde trabajo y saber de mi evolución (decir que nunca se interesó ni me llamó, desde que me di de baja). Mi asombro fue cuando me comunica verbalmente que el próximo día 30 de Septiembre dejo de pertenecer como trabajadora a la empresa, vamos que estaba despedida, diciéndome también que saben que el despido es improcedente y que en breve iban a hacer un recorte de personal. Tras esto me saca unos papeles que me obligaba a firmar, los cuales son mi finiquito, dicha indemnización por el despido improcedente y la retribución de mis vacaciones no disfrutadas. Lógicamente no los firmo y le expreso que me gustaría llevarme esos papeles para que los vea mi marido, a lo cual se niega y me reitera que si no los firmo, la empresa abonara el global monetario, de lo anteriormente citado, en el juzgado pertinente para mi posterior retirada.
Estoy echa un lío y dado a que solo me comunicaron mi despido de palabra, me gustaría me respondieran a estas preguntas:

1.- ¿Me deben comunicar mi despido y todo lo anteriormente citado por escrito?
2.- Como aún sigo de baja, ¿sigo presentando cada semana y como ya es habitual, mis partes de baja a la empresa?
2.- ¿Me van a seguir pagando hasta que me recupere de mi lesión?
3.- ¿Es legal que me despidan estando con este tipo de baja?
4.- Trabajo desde el 5 de Octubre de 2.005 en concepto de media jornada y tres sábados al mes, también a media jornada. ¿Que indemnización me correspondería?
5.- No me comunicaron mi paso a indefinida ¿es verdad que al llevar un año trabajando se pasa automáticamente a ser indefinida?
6.- ¿Donde debo recurrir para informarme legalmente de lo que me está pasando?

He sido demasiado extensa, pero en realidad estoy muy confusa y dolida con todo esto. Espero me puedan ayudar lo mas pronto posible, reciban un saludo.