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Despido improcedente en IT

3 Comentarios
 
11/09/2010 18:24
1. En http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadtemporal/RegimenGeneral/Cuantia/index.htm

"Cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias comunes y durante la misma se extinga su contrato:

Seguirá percibiendo la prestación por IT en cuantía igual a la prestación de desempleo que le corresponda hasta que se extinga dicha situación, pasando entonces a la situación legal de desempleo si el contrato se ha extinguido por alguna de las causas legales que dan lugar a dicha situación y a percibir, si reúne los requisitos necesarios, la prestación por desempleo contributivo que le corresponda, de haberse iniciado la percepción de la misma en la fecha de extinción del contrato de trabajo, o el subsidio por desempleo. En tal caso, se descontará del período de percepción de la prestación de desempleo como ya consumido, el tiempo que hubiere permanecido en la situación de IT a partir de la fecha de extinción del contrato de trabajo."

2. Eso es.

3. Eso es. Consumirías paro si lo solicitas y el SPEE cotizaría esos días.
11/09/2010 18:14
Muchas gracias, patatinpatatero.

Almenos ya tengo una duda aclarada. Me tengo que diriguir a la Mutua entonces.

Aclarame esto si puedes, cosa que no me haya quedado claro del todo.

1. ¿Sabes si se supone que sigo cobrando lo mismo, que actualmente, es decir el 100% de mi sueldo?

2. ¿Entonces yo consto como en baja por IT y cuando toque me llamaran del Tribunal médico?

3. Si me dierán de alta, tengo la posibilidad de solicitar el desempleo, pero ya habré consumido paro desde el fin de la relación laboral hasta el alta, ¿es correcto?


Gracias, gracias, gracias.
11/09/2010 17:58
Te contesto a unas cuantas.

Cuando finaliza la relación laboral y sigues de baja por IT, te tiene que pagar la entidad gestora con la que la empresa tenía la cobertura de las diferentes contingencias. En tu caso esa mutua. Por lo tanto, debes dirigirte a la mutua para que te siga pagando.

Si finalizas la IT porque te dan el alta, puedes (si quieres porque no estás obligada) solicitar el desempleo. El periodo que va desde la finalización de la relación laboral hasta el alta de la IT se consume de paro. El SPEE (antinguo Inem), cotizaría ese periodo y empezaría a pagarte el resto de los días a los que tengas de derecho.

Aquí puedes ver lo que te acabo de explicar con un gráfico y colorines.

https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/contenidos/infoPresta.do?pagina=ag00b03a.html
Despido improcedente en it
11/09/2010 16:14
Buenas tardes, el lunes me tengo que ver con mi jefe, me ha llegado una carta de fin de contrato desde el lunes por causas de baja de ventas (vamos ecónomicas), el despido es improcendete, tengo contrato indefinido y dicen que me darán lo que me corresponda por finiquito.
Pero como me afecta a la hora de pasar por el Tribunal Médico ya que llevo casi 11 meses de baja contingencias comunes. La Mutua es Solimat. A traves de quien (sería en siguiendo de baja, no?) paso a cobrar y o como puedo averiguarlo. Tengo paro, pero como no se como va la prestación del paro tampoco se cuanto tiempo tengo. Si va a traves del INSS, sería a traves del paro quiere decir, no? ¿Estaría gastando mi paro, o al estar de baja no? ¿Que debo de firmar y que no debo de firmar?
La carta de despido supongo que la tengo que firmar, no?
Respecto al finiquito que podeis decir, debo firmarlo?
Lo que me preocupa principalmente, ya que no estoy para trabajar, es si me afecta respecto al Tribunal Médico.

Muchas gracias adelantado, por ayudarme a resolver mis dudas, me traen de cabeza y el Lunes ya está aquí.