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Despido Improcedente después de la Reforma

1 Comentarios
 
Despido improcedente después de la reforma
17/10/2012 17:41
Hola de nuevo,

Se que con la Reforma no se le puede entregar a un trabajador un Talón y reconocerle la improcedencia y que se vaya pagandole 45-33 días.
Pero para un trabajador que le esta haciendo la vida imposible a la Empresa y a sus compañeros y no incurre en supuestos sancionables, sino bajas médicas continuas, luego les mete cizaña a los compañeros riendose de sus jefes y de la Empresa.

Si pacto con él una salida, despidiendole procedentemente y reconociendo la improcedencia ¿esto se puede reconocer en Conciliación ordinaria o tiene que ser Conciliación Judicial? Y para pagarle los 45-33 días netos se le puede hacer en Conciliación o habría que realizar las retenciones IRPF y Seguridad Social??

Muchas gracias
17/10/2012 19:14
Recuerde que no hay salarios de tramitación, salvo que opte por la indemnización o el despido sea declarado nulo, así que solamente tiene que entregarle la carta de despido. El trabajador para poder optar a la indemnización, tendrá que interponer papeleta de conciliación, y allí, podrá hacerle efectiva la indemnización. También puede llegar a juicio y hacerlo en la conciliación judicial previa.