Hola, quisiera hacerles dos preguntas...Dos socios montan una empresa, sin contrato alguno. Cada uno aporta una cantidad. Despues de varios meses, uno de los socios decide echar al otro y quedarse con todo. Agradecería me indicasen si hay algun articulo o algun codigo donde contemple que al no haber contrato, se cataloga al socio que han despedido como tal para poder exigir que le sea abonada su parte economica correspondiente. Y dos, si se decide que se le abone esa parte, si la otra se establece como insolvente, el despedido se quedaria sin nada? Agradecería me respondiesen. Muchas Gracias.