Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

despido improcedente 45 dias

13 Comentarios
 
03/08/2005 04:34
Lo que me sorprende es que en esta ocasión no haya cargado aún contra los médicos (que ya les vale a estos), que tan alegremente dan la baja a los zánganos de los trabajadores.
02/08/2005 19:22
Hola Mant.

A la consulta técnica de la señora juliana se le ha contestado correctamente: Es obligado depositar en la cuenta del juzgado al que te turnen el importe de la indemnizacion. No hacerlo supone la no paralizacion de los salarios de tramitacion que tampoco se paralizarias si se declarase nulo el despido aún habiendo efectuado correctamente el depósito.

A los juicios que vierte sobre el sistema, que obviamente es mejorable, se le cojntesta con otros juicios de valor: Lo que tambien hay que entender por tercermundismo;Que existe un procedimiento que hay que cumplir con o sin falta de tiempo, guste o no guste; que la palabra de un empresario, por fortuna tiene el mismo valor que la de un trabajador y que lo que hace inclinar la balanza a un lafo u otro es la prueba; que no es cierto que solo de dicten sentencias de despoido improcedente; que existen unas reglas de juego y que nadie te obliga a jugar si no te gustan ; cuando un trabajador trabaja en dos o tres sitios a la vez, no lo hace para adelgazar, sino mas bien para todo lo contrario etc. etc.

Al lado de lo magro o técnico, conviene aveces un poquito de salsa, mejor picante.

Saludos.
02/08/2005 18:01
Considero que la consulta de juliana era técnica y razonable, aunque estuviera equivocada.
Ha hecho un pequeño juicio de valor al introducir la palabra "tercermundista", pero sigo diciendo que su consulta era básicamente técnica.
El fallo de juliana ha sido entrar al trapo y responder a los comentarios posteriores que han sido mayoritariamente juicios de valor, con poca base técnica.
Bueno, no discutamos.
02/08/2005 17:54
Muy bonito, sí señor. Ahora resulta que el empleado tiene justificación para trabajar en un bar estando de baja médica porque con el salario pactado entre sindicatos y patronal en el convenio colectivo no le llega. ¿Es eso lo que me quieres decir, o también presupones que le pago a 4 duros la hora saltándome a la torera lo que marca el convenio.? Es que para presuponer, eres la nº 1. Señores, la señora Ninfa, con tal de salirse con la suya con su argumento, justifica que un señor que está de baja médica trabaje en un bar porque el convenio colectivo no marca el salario que le conviene a sus circunstancias personales. Ah, pero por supuesto, la empresa es la mala.
Te lo explico con números, a ver si te cuadra más.
Indemnización máxima que le corresponde por despido "improcedente":2.000 EUROS
Despedir y esperar a que en el juicio nos den una sentencia: - 600 euros/día detective que lleve pruebas válidas.(Quizá en un solo día no lo cace, nuestros testigos lo han visto en un par de ocasiones, sin horario fijo.
- Minuta abogados conciliación
- Minuta abogados juicio.
- Poder notarial para abogado.

Si me pongo a sumar, te puedo asegurar que me sale más a cuento pagarle los 2.000 euros y a correr. Lo que sí tengo claro es que no puedo permitirme tener a un empleado con ese morro.
Así que vuelvo otra vez al hilo de mi consulta: Si se los ingreso en su nº de cuenta y no me los devuelve ¿Puedo considerar el trámite cerrado?

Ya me da igual que me contestéis, porque os vais más a lo "moral", que yo lo tengo clarísimo, que no a lo "legal", que es lo me interesa.

Y conste que me parece muy bien todos vuestros comentarios. Si el empleado está puteado, cobra menos de lo que marca el convenio, no le agradezco su esfuerzo, le hago mobbing, etc, está clarisimos vuestros esfuerzos.
Pero no es el caso!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!


-

02/08/2005 17:19
¿Y no te has parado a pensar que a lo peor eres tú quien merece esa conducta por parte del trabajador que denuncias aunque no pruebas los hechos denunciados.? ¿ Crees que hacer pluriempleo en un bar o en una casa de citas es igual de divertido que ir a jugar padle con Herr Ansar.?

No será que las condiciones que das no son para exhibir ni siquiera en la cimbre de paises del Magreb. y por eso pasa lo que pasa.
02/08/2005 17:01
Otra alma candida que cree que todo el mundo es bueno. ¿Doy la sensación que voy a por todo el mundo o qué? Voy a por quien lo merece. ¿Tú coges la baja médica para trabajar en un bar y sacarte un sobresueldo? Si es así, por supuesto que iría a por tí. Pero no tengas miedo en trabajar conmigo, que no me como a nadie que no lo merezca. Y otra vez estás presuponiendo que si el empleado se porta mal es porque a saber qué cosas tremendas le ha hecho la empresa. Menos candidez, por favor.
02/08/2005 14:33
Evidentemente, no conozco las motivaciones que te llevan a realizar la consulta que ha suscitado esta polémica, lo que sí me ha quedado claro es que no me gustaría ser un empleado tuyo, empleados a los que tú consideras de quita y pon.
Aún no conozco a trabajador alguno que, si es respetado en su trabajo, cobrando un salario conforme a las tareas y aptitudes y en un entorno positivo, quiera forzar ningun despido para cobrar el paro. Quizás habría que revisar la relación empresa-trabajador para saber por qué has de perder tanto tiempo en despidos.
A pesar de todo ello, también te deseo que tengas un buen día.
01/08/2005 19:23
¡Amén.!
01/08/2005 18:40
¿Ya te has quedado agusto? Empecemos por el principio. El empresario pone a disposición del empleado la indemnización, y si éste no la acepta se deposita en el Juzgado. ¿Es poner a disposición ingresar la cantidad en en nº de cuenta del empleado? Todo lo demás me sobra, y apagate, niña, que te has encendido. Un poquito más de respeto. Sí, es posible que me salga más barato pagar la indemnización que pagar a un abogado bueno que me gane el juicio. Así son las cosas, pero ten por seguro que la conciencia de muchos empresarios está muy limpia incluso haciendo despidos de esta manera. Relacionas despido improcedente con putada al empleado. No lo tengas tan claro. Hay empleados que fuerzan estas situaciones para cobrar el paro. Pero ejemplos de abusos hay por ambas partes, y te vuelvo a repetir que no tienes experiencia por esta parte que me ha tocado a mí, así que juzga si quieres, pero realmente estás equivocada.
01/08/2005 18:25
Hola.

¿Si existe algún problema con tu propuesta.? Ninguno.

La Legislacion es la que es y regula de determinada manera. Si te gusta, fenomenal y si no te gusta, tambien. Allá tú.

Debo recordarte que el pagar no da patente de corso popara hacer stu santa voluntad y actuar al dictado de tus caprichos. El despide libre, en teoria en este Estado no existe, pero solo en teoría, ya que con una causa inventada y como dices tú, pagando, puedes pisotear y destrozar a una persona.

Los empresarios, pese a lo que diga la Sinfónica del Señor Cuevas, hacen lo que les viene en gana. fijate si es facil despedir, te inventas una causa y como sabes cuanto te ca a costar haces números y te cargas al díscolo, al protestón, al exisgente, al que no hace horas por la cara, al que exige que se cumpla como es obligado cumplir. Ni siquiera tienes la incerteza de que un juez valore una serie de hechos que se expongan y fije una determinada indemnizacion.

Antes, existian los salarios de tramitacion. Ahora ya ni eso. basta con cumplir un sencillo procedimiento para evitarlos.Procedimiento que tú, mas guapa que nadie no te gusta cunplir. Pues muy bien, estas en tu derecho. El trabajdor sabra lo que tiene que hacer.

Noi me cuentes la miloga de los pobrecitos empresarios. Mira. en este Estado exisate suficiente flexibilidad para cuando una empresa va mal, tiene un exceso de personal, etc. etc. poder deshacerse de el con un coste ridiculo de 20 dias por año con un tope de una anualidad y, si la empresa es de menos de 25 trabajadores, solo hace frente al 60% de la indemnizacion, el resto se lo coem el FOGASA, organismo que te recuerdo nació para cubrir INSOLVENCIAS EMPRESARIALES.

Las empresas no pueden actuar al margen de la Ley y tienen que someterse a los procedimientos que marca y si no lo hacen así, atenerse a sus consecuencias, te guste o no te guste.

Existe tambien el despido procedente, y te puedo asegurar que todos los dias, en todos los juzgados de lo social se dictan cientos de sentencias de despido procedente. Lo que sucede es que hay que probar lo que se afirma. Ya que tu palabra de empresario no tiene mas valor que la palabra del trabajador. Es lo que se llama ser iguales ante la Ley. ¿Que pretendes, decir que fulanito está trabajando cuando está en situacion de I.T. y que eso valla a misa porque lo dices tú.? Aporta pruebas contundentes y veras como te dan la razón.

La justicia está mal, cierto. Pero no tan mal que se tenga que plegar al capricho de quien puede pagar.

Si ingresas el dinero en la cuenta del trabajador es tu decision y problema, pero un claro incumplimiento de la normativa y con las consecuencias que de este incumplimineto se derivan, que no paralizas los salarios de tramitacion.

Por último, solo un apunte. en el mundo laboral existen unas reglas de juego con las que todos tenemos que jugar. Si no te gustan. No juegues. ¿aAlguien te ha impuesto ser empresaria.? A lo mejor prefieres las de Zambia, La India o China.

Saludos.

01/08/2005 15:55
¿Algún problema con mi propuesta? Noto algún retintín. Hay de los que creen que las empresas son ong y pueden permitirse el lujo de mantener empleados que no les cuadran 100%. Por si no lo saben, la aventura de irse a un juicio con todas las pruebas necesarias y que el juez ni las tenga en cuenta porque el empleado siempre es el más desprotegido me la conozco demasiado bien. Mientras le legislación permita depositar los 45 días, las empresas lo haremos cuando nos interese. Noto un cierto retintín, como si despedir pagando fuera un pecado o como si el empleado siempre fuese de los que van al cielo. Hoy por hoy, llegar a un juicio y perderlo es muy costoso. Menos mal que se da la opción de reconocer la improcedencia del despido. En realidad, lo que se renococe no es la improcedencia, sino la conveniencia de que el proceso sea corto. No siempre tenéis razón, y cuando habláis pensáis que estáis en el lado bueno de la balanza. Qué bonito es juzgar sin conocer. Me gustaría que os vierais en este lado de la balanza. Tengo una consulta anterior que no sé si habeis leído, en que un empleado nos ha cogido la baja laboral para sacarse un dinerito en un bar. Para poder demostrar eso no basta con que vaya el jefe y le pille, me han recomendado que lleve a un notario, a la policía, que contrate a un detective y que aun así el juez puede considerar que es mucha parafernalia por tan poco delito. ¿Qué tiene que hacer un empleado para despedirlo de forma procedente? ¿Matar el jefe? A veces no sabéis ni de lo que hablais.
Al hilo de mi consulta, ¿qué pasa si le ingreso el dinero de la indemnización en su nº de cuenta bancaria? ¿O es que el espiritu de la ley es poner trabas administrativas a la empresa? Se le compensa conforme a ley por un despido que si fuera a juicio sería improcedente, porque ya sabemos como está la justicia, y santas pascuas. El día que metan a la carcel al empresario por despedir ya tomaré otras medidas, pero mientras la ley me permita hacerlo lo haré, y de la forma más rápida.
Como está el patio.
01/08/2005 14:58
Señora juliana, se me ocurre que para ganar tiempo y no pierda usted una mañana en cada despido, lo mejor seria que despidiera usted a toda la plantilla de golpe y no a plazos y así no tendria que perder muchas mañanas en ir al juzgado.
01/08/2005 12:51
Hola.

¿Tercermundismo por etar obligado a un procedimiento.? Creo que no.

Existe, efectivamente, la posibilidad del reconocimiento de la improcedencia del despido y el depósito en la cuenta del juzgado de la indemnizacion si el trabajador no lo acepta, que si a alguien favorece es al empleador y no al trabajador.

Que tienes que hacer una serie de trámites que te pueden llevar un tiempo. Cierto. pero nadie te obliga a tomar ese camino.

Si considras que tu tiempo vale mas que los salarios de tramitacion que le puedas abonar al trabajador, deja corresr el despido hasta el juzgado y, es mas, ni siquiera te presetnes a juicio para ahorrar tiempo. Ya te llegará la sentencia y podrás abonar el importe a que te condenen mediante una simple transferencia que podras hacer bien por internet, bien llamando a tu banco o del modo que consideres mas comodo y menos perjudicial para ti.

A mi me parece que si hubiese que debatir sobre tercermundismo, habría que hacerlo sobre si es normal que quien pierda un juicio, caso d declararse improcedente, tenga la opción de elegir lo que quiere (readmitir o indemnizar) y no la parte que ha ganado.

Por último, es absolutamente imprescindible el depósito si quieres evitar salarios de tramitacion (siempre que no sea despido declarado nulo) y el modod de pago, no lo uedes imponer tú (si despides tiene que pagar en billetes del banco central europeo) y otras alternativas sera quien tenga que recibir ese importe el que diga si las acepta o no.

Saludos.
Despido improcedente 45 dias
01/08/2005 12:17
Supongamos que despido a un empleado, y en la misma carta de despido reconozco la improcedencia del mismo y pongo a su disposición la indemnización correspondiente a 45 días de salario por año trabajado. Si no lo acepta debo ingresar tal cantidad en el Decanato del Juzgado de lo Social de la provincia. Es mucho trámite. Lo que normalmente hago es entregar un pagaré, pero si no lo quiere aceptar en las 48 horas estoy obligada a hacer una serie de trámites burocráticos tercermundistas, que me obligan a acudir a las capitales de provincia y perder una mañana con cada despido.
¿Tendría validez legal ingresar en el nº de cuenta bancario que el empleado me comunicó en su día para domiciliar la nómina las cantidades anteriormente citadas, y que son eso se cierre el trámite? Si el empleado no lo acepta, deberá devolverlo. El simple hecho de que no lo devuelva indica que está de acuerdo. ¿Es así? ¿Podría encontrarme con alguna sorpresa?