Hola. Dos cuestiones:
1) Si estás dentro del plazo de 20 días hábiles desde el despido, podrías reclamar por despido nulo al estar de baja y más claro sería si la previsión de la baja fuese de larga duración. Hay muchas sentencias al respecto.
2) Si había una mutua que te controlaba la baja por enfermedad común, debes acudir a dicha mutua a fin de solicitar el cobro de la baja. Si te dijesen que no les corresponde, entonces deberías acudir a la seguridad social.
Tienes 3 meses de plazo para la solicitud, pero, lógicament, cuanto antes lo solicites antes cobrarás.
Saludos
Hola.Me han despedido estando de baja, tengo pendiente una determinación de contingencia ya que la mútua me dio el alta sin estar recuperado y continúe de baja por la seguridad social (en el parte de baja consta como baja por accidente de trabajo). Quisiera saber quién me tendría que continuar pagando la mútua o el INNS, a quien tendría que solicitar el pago directo?
Muchas gracias,
Hola. La ETT ha actuado con muy mala fe. Te podían haber dado de baja el día 17, en lugar del 16 y ahora tendrías derecho a cobrar la baja directamente de una mutua o, en su caso, del INSS.
Ahora no tienes derecho pues cuando cogiste la baja el día 17, no estabas cotizando en la ETT pues te dieron de baja con efectos desde el día 16.
Yo pondría una denuncia ante la Inspección de Trabajo. Dependiendo del inspector, si realizara un buen informe, podría obligar a la ETT a cotizar el día 17.
Aparte debes apuntarte al paro y , pedir su cobro si te interesase y tuvieras derecho . No digas nada en el SEPE , que estás de baja pero sigue cogiendo los partes de baja por si saliese bien el informe de la Inspección.
Por otra parte imagino que no llevas mucho tiempo trabajando en la ETT.
Si llevases mucho tiempo, podría interesarte buscar un abogado y reclamar contra el despido solicitando el despido nulo.
Que tengas suerte con la Inspección.
Saludos
Hola. Creo que contra la empresa tienes casi imposible hacer reclamación alguna por fuera de plazo.
En cuanto al abogado, yo comunicaría lo ocurrido al Colegio de la Abogacía donde esté colegiado dicho abogado.
Creo que no actuó con la debida diligencia aunque el caso era muy complicado por lo que expones, pero podía haber intentado reclamar por despido dentro del plazo de 20 días hábiles desde que la empresa te comunica en diciembre-21 que estás despedido desde febrero-21.
Saludos
Hola, he estado trabajando en una empresa haciendo de turno de tarde de 2:00 de la tarde a 10 de la noche, el día 17 me fui al médico porque me encontraba mal y me dieron una baja médica, cuando aviso a la ETT me dicen que justo habían recibido un email de la empresa diciendo que no había pasado el periodo de prueba y que tenía que firmar fin de contrato. La cuestión es que me han hecho el fin de contrato con fecha 16, un día antes de que cogiese la baja médica. Me tienen que cambiar la fecha a día 17? o si firmo con fecha que me pusieron ellos he fin de contrato el día 16 qué pasa, me quedo sin cobrar la baja laboral?
Estuve de baja por accidente no laboral (trabajo de repartidor) desde 2019 y todo el tiempo en comunicacion con la empresa informando mi situacion, en junio de 2021 me deniegan la incapacidad pero yo tenia un mes de haberme operado por segunda vez y hable con la empresa y me dijeron que no me preocupara que segun ellos seguia de baja, les pedi q si debia ir a trabajar me dieran las vcaciones y me dijeron q no podian darmelas porq seguia de baja segun el inss entonces yo desde esa fecha no percibi salario, el inss me decia que la empresa debia pagarme y la empresa decia que era el inss, en octubre se pone en contacto conmigo alguien de recursos humanos y me dicen que me ayudaran a darme la baja y asi poder cobrar el paro, luego en diciembre me comunican que ellos me habian despedido desde febrero (estando aun de baja) y que no podian ayudarme a pesar que yo no firme nada ni me dijeron nada de ese despido, incluso seguia en el chat de trabajo y me enviaban documetacion para firmar, contrate un abogado en diciembre y me dijo que enviaria un burofax, que lamentablemente me entere que lo envio hasta en febrero 2022 y me dice que el plazo para reclamar una indemnizacion caduco. quisiera saber si efectivamente no puedo hacer nada contra la empresa que en diciembre me comunico que al parecer ya estaba despedido tomando en cuenta que el burofax se envio el 17 de febrero, y si puedo hacer algo en contra del abogado que no cumplio con lo acordado, gracias