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despido en periodo de prueba

11 Comentarios
 
Despido en periodo de prueba
perfil Gem
09/01/2008 22:55
hola a todos.
desconozco como va el tema del par.
Necesitaría que me explicarais por favor, teniendo un contrato indefinido con periodo de prueba de dos meses, si la empresa te echa, te tiene que dar los papeles para el paro?.
y cobraría el paro?
es que estoy leyendo algo de tres meses....
yo me fui de la anterior empresa voluntariamente, al cabo de una semana entré en este y el periodo de prueba acaba el 19 de este mes.
gracias..... estoy un poco preocupada.
perfil TN
10/01/2008 09:23
Si te echan en periodo de prueba y no han pasado 3 meses desde la fecha de la baja voluntaria, no tendrías derecho a la prestación.

Si te echan y han pasado 3 meses (ojo, de tiempo, no de contrato, el contrato puede ser inferior pero haber pasado los 3 meses desde la baja voluntaria), sí te lo concederían.

En tu caso, entiendo que no habrían pasado los 3 meses y no tendrías derecho a paro.
perfil Gem
10/01/2008 12:30
entonces para cobrar me tendría que esperar hasta llegar a los tres meses y luego solictar el paro. no?
gracias
10/01/2008 13:05
"el periodo de prueba acaba el 19 de este mes"

Por lo que dices estas trabajando. NO entiendo porque dices que te tienes que esperar a nosequé.

Es que ya sabes que te van a despedir en el periodo de prueba?? O es que .....
perfil Gem
10/01/2008 16:13
tengo indicios fundados de que están buscando a otra persona, vamos que he visto el anuncio,
sí el periodo de prueba de 2 meses acaba el 19 de este mes.
según la web de seg. soc. para cpbrar el paro han de pasar 3 meses desde que te fuiste de tu último trabajo si era baja voluntaria, como es el caso.
por lo que entiendo que si me fui el 11 de noviembre y aquí entré el 19 nov, y los 2 meses de prueba acaban el 19/01, no llevo los tres meses, por lo que me tendría que esperar a pedir el apro o simplemente no me lo darían?
y otra cosa que no me queda claro, si me echan en el periodo de prueba me tienen que dar los papeles para el paro???
10/01/2008 16:36
en ese caso no tendrás derecho a paro al no haber pasado tres meses entre una extinción y la otra. Si fuera tan fácil como esperarse tres meses para presentar la solicitud, la norma no tendría sentido, sería una ridiculez de norma.

Te tienen que dar la carta de despido y un cert¡ficado de empresa (esos son los papeles del paro).
10/01/2008 17:06
Coincido con mis compañeros plenamente, lo veo crudo. Lo siento
.
perfil Gem
10/01/2008 20:36
hoy me han dado la carta de despido y el certificado de empresa. mañana iré al inem a ver qué me dicen.
en esta empresa he estado casi dos meses...pero me han dado los papeles eso vale? o tienen que ser los tres meses...a ver yo no tengo la culpa que me hayan echado antes pq...vaya tela de empresa más ilegal no podía ser y claro como no les he seguido el rollo sino que les hablaba claroy como abogada...pues han decidido prescindir de mi.
11/01/2008 08:19
A ver la única cosa posible que se me ocurre pero es algo rocambolesca es probar la nulidad de la medida, pero es muy difícil y conllevaría que la empresa practicaemnte asumiera que durante el tiempo que has estado en la empresa no has desarrollado las labores del objeto de prueba y que por tanto su medida de extinción contractual aunque libre sin necesidad de alegación de causa no se encontraría justificada por no haberse desarrollado el objeto contractual pero es un caso de libro, difícil y conllevaría que tendrías que demandar a la emrpesa con mínimas posibilidades de éxito.
Por favor contesten al tema de SIETE de Normativa de Reclamaciónm de cantidad- 1 año pues me interesa mucho. Gracias.
11/01/2008 09:15
Para evitar salir perjudicada por esa norma, tienes una opción que no es ilegal ni fraudulenta...más bien es real como la vida misma.

Si tienes posibilidades cualquier otra contratación temporal a partir del 19 (aunque sea de pocos días y de lo que sea), acéptala ...espera a que se extinga el contrato y voila...ya tienes desempleo (podría ser que esta última contratación se considerase fraudulenta por el INEM...pero tu y yo sabemos que eso no es así...que lo que realmente debería considerarse fraudulento es no pagar el desempleo a una persona que ha cotizado para ello y ahora realmente lo necesita).

Un saludo.



perfil TN
11/01/2008 09:39
A ver, Caletilla, no es exacto del todo lo que recomiendas.

Si ahora acepta cualquier otro trabajo y la echan, o deciden no renovarla y has pasado los 3 meses, sí le darían el paro PERO si la contratan, se acaba el contrato (sea de días, de semanas o de meses) y es ella quien no desea renovar, no tendrá derecho a paro.

En cuanto a la situación de Gem, la culpa la tienen quienes han echos fraudes sistemáticos para cobrar el fraude, prácticamente tenemos casos aquí todas las semanas, donde alguien se quiere ir de un trabajo y cobrar el paro y expone casos como el de Gem pero buscando directamente el fraude, gracias a eso se cambió la norma y ahora se perjudica a quienes no tienen la culpa.
11/01/2008 09:46
De acuerdo...la extinción de ese contrato de pocos días no tiene que traer causa de la voluntad del trabajador sino del empresario... ya me lo quedaron claro en otro post.

Un saludo.