Hola Karol:
La situación legal de desempleo dependerá de que la resolución de la relación laboral en el período de prueba por parte del empresario venga precedida de una relación laboral anterior donde el fin de la misma hubiera sido debida a algunos de los supuestos de situación legal de desempleo, o haya transcurrido a la fecha del cese en el período de prueba un plazo de tres meses desde la extinción de la relación anterior.
Es decir, que si en el trabajo anterior hubieras tenido una baja voluntaria y luego el despido en el período de prueba en el siguiente trabajo, el INEM puede considerarlo fraude de ley y no concederte el subsidio. Ahora bien, si el trabajo anterior fue finalización del contrato y en el segundo te despiden en el período de prueba si tendrías derecho al desempleo reuniendo los demás requisitos.
Hola Karol:
La situación legal de desempleo dependerá de que la resolución de la relación laboral en el período de prueba por parte del empresario venga precedida de una relación laboral anterior donde el fin de la misma hubiera sido debida a algunos de los supuestos de situación legal de desempleo, o haya transcurrido a la fecha del cese en el período de prueba un plazo de tres meses desde la extinción de la relación anterior.
Es decir, que si en el trabajo anterior hubieras tenido una baja voluntaria y luego el despido en el período de prueba en el siguiente trabajo, el INEM puede considerarlo fraude de ley y no concederte el subsidio. Ahora bien, si el trabajo anterior fue finalización del contrato y en el segundo te despiden en el período de prueba si tendrías derecho al desempleo reuniendo los demás requisitos.
El pasado sabado mediante buro-fax la empresa me comunica mi baja en la misma por no superacion del periodo de prueba, mientras estoy de baja por IT. ¿Me pertenece percibir prestacion por desempleo habiendo cotizado el tiempo suficiente para ello? gracias