no puedes imponer al trabajador que acepte el pago de la indemnización a plazos , tu eres quien despide ; es más , dudo que acepte tal acuerdo , o le pagas todo , o posibilitarás una posible demanda laboral por reclamación de salarios
Tu eres quien despides. Estas en tu derecho. La aceptación del pago corresponde al despedido, quien puede exigir que se le pague en una sola vez. tu no le puedes imponer plazo alguno.
Gracias por contestarme con tanta rapidez, es decir, que puedo darle la carta de despido y conjuntamente la indemnización extendiendole 12 pagarés (para 12 meses) con el monto total de la indemnización. No tendría que ir al SMAC?, lo podemos hacer privadamente?.,el trabajador se puede negar ha aceptarlo en caso de que no lo acepte y platee la reclamación ante el SMAC, y si alli tampoco acepta mi forma podríamos ir al Juzgasdo? Grrrrrrrraaaaaaaccccccccciiiias
Si el trabajador acepta la forma de pago sería posible, pero me parece demasiado tiempo para pagar esa cantidad. Tambien debes saber que si no consigna el importe de la indemnización en el Juzgado dentro de las 48 horas siguientes a la formalización del despido si ha reconocido la improcedencia del mismo, va a "gastar" más porque los salarios de tramitación tendría que pagarlos como mínimo hasta la fecha de celebración del CMAC. En cualquier caso si el trabajador acepta la propuesta de la forma de pago...
Tengo un trabajador que me toca indemnizarle la cantidad de 6.200 Euros, en este momento no posee la Empresa liquidez para indemnizarle (n quiere realizar un expediente de regulación de empleo, ni darse por quiebra, ni despido por causas objetivas porque conllevaría a realizar un expediente previo y no desea tener más gastos económicos) entonces él quiere pagarle la indemnización pero a plazos es decir propone en 24 mensualidades. Esto es correcto se debe ir al SMAC. Gracias por favor urge respuesta