Por lo que cuenta, no parece que la sanción más adecuada sea el despido disciplinario, por lo que puede reclamarlo, lo cual debería hacer lo antes posible (sus derechos caducarán en 20 días).
Buenas tardes. Tenemos un compañero en la empresa con el convenio de la limpieza, que la empresa se alega a despedirlo por despido disciplinario basandose en el artículo 42.3/C,del convenio. Las cosa es que por nuestra disponibilidad hacer el trabajo nunca en años tuvimos problema, en salir del trabajo quedando el trabajo echo. El problema viene desde que la empresa cambió de director por jubilación del anterior y dicho compañero durante 1 días salteados abandonaba el puesto de trabajo durante 1 hora y media como mucho por asuntos personales bastante graves que los compañeros sabíamos. Sabemos también que esto por ley es ilegal pero nunca tuvimos problema hasta la llegada de dicho individuo que vino a cortar cabezas. La duda es que el compañero sumando todas las horas que se ausentó no llegan ni a 1 día de trabajo es decir las 8 horas y nunca su ausencia perjudicó ni a la producción de la empresa ni a la empresa de ningún método , y sabemos que podría llevar una sanción por parte de la empresa, pero la duda es tanto como hacerle el despido disciplinario al que se acoge la empresa? Gracias de antemano.